FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ MÓNICA ALEJANDRA BRITO CASTRO
Rol
O-3500-2019
Fecha
31 de enero de 2022
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de MÓNICA ALEJANDRA BRITO CASTRO, cédula de identidad número 12.453.892-0, divorciada, dueña de casa, y JONATHAN MANUEL ACEVEDO BRITO, cédula de identidad número 17.144.570-1, soltero, técnico en radio diagnóstico, ambos domiciliado en pasaje Wagner N°711, población Villa de la Foresta, Villa Alemana, en virtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos: HECHO: “Que el día 15 de diciembre de 2019 aproximadamente a las 13.30 horas en circunstancias que doña Cindy Acevedo Brito de 28 años, quien se encuentra embarazada de 8 meses, se encontraba en su domicilio ubicado en calle Wagner 1711 de esta comuna, fue agredida por su hermano Jonathan Acevedo Brito y además por su madre Mónica Brito Castro, resultando doña Cindy con eritema en muñecas de carácter leve.” CONSIDERANDO: Que, no habiendo rendido prueba la fiscalía, toda vez que la víctima, quien es hija de la imputada y hermana del imputado, manifestó que no desea declarar en contra de los acusados, en tanto hizo uso de su derecho contemplado el artículo 302 del Código Procesal Penal, motivo por el cual, este sentenciador no cuenta con antecedentes suficientes para arribar a una condena, en la medida que no se ha podido acreditar el hecho punible ni tampoco la participación que pudiese haber cabido a los encartados. Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, teniendo en cuenta que nadie puede ser condenado sino cuando un tribunal adquiera la convicción que los imputados han cometido un delito y les ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el GQEDXYRQXP Alejandro Mauricio Lobos Veliz Juez de garantía Fecha: 31/01/2022 17:04:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl artículo 340 del mismo cuerpo legal; y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 14, 15, 18, 21, 25 y 399 del Código Penal; artículos 47, 48, 297, 302, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal,
Fallo
se declara: 1.- Que se absuelve a los imputados MÓNICA ALEJANDRA BRITO CASTRO, cédula de identidad número 12.453.892-0 y JONATHAN MANUEL ACEVEDO BRITO, cédula de identidad número 17.144.570-1, ya individualizados, de la acusación que los tuvo como autores del delito de Lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar previsto y sancionados en los artículos 399 del Código Penal en relación con el artículo 5° de la Ley 20.066. 2.- Que no se condena en costas para el Ministerio Público, atendido lo dispuesto en el artículo 48 del Código Procesal Penal, estimando que tuvo motivo plausible para litigar en esta causa, teniendo en cuenta que la víctima no quiso declarar y, aquello, no puede ser reprochado al ente persecutor. En su momento dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Que se dejan sin efecto toda medida cautelar decretada. RUC Nº 1901353003-6 RIT N° 3500-2019.- Resolvió don ALEJANDRO LOBOS VELIZ, Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. GQEDXYRQXP Alejandro Mauricio Lobos Veliz Juez de garantía Fecha: 31/01/2022 17:04:53 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 hora
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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Villa Alemana, treinta y uno de enero de dos mil veintidós. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de MÓNICA ALEJANDRA BRITO CASTRO, cédula de identidad número 12.453.892-0, divorciada, dueña de casa, y JONATHAN MANUEL ACEVEDO BRITO, cédula de identidad número 17.144.570-1, soltero, técn
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