Juzgado de Garantía de Valparaíso.

PATRICIO ALEJANDRO MUÑOZ TAPIA C/ MARIBEL GREGORIA PAREDES PEÑA

Rol

O-2733-2020

Fecha

6 de enero de 2022

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por esta razón y conforme a lo previsto en los artículos 293 N° 3 del Código Penal; artículos 4, 395, 297, 340, 341 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: Que se absuelve a doña MARIBEL GREGORIA PAREDES PEÑA, cédula de identidad N° 15.077.482-9, del requerimiento formulado en su contra como autora del delito de amenazas no condicionales del artículo 296 N° 3 del Código Penal, en relación con el artículo 417 del Código de Justicia Militar, en grado de ejecución consumadas, supuestamente cometidas en Valparaíso el día 21 de marzo de 2020. Que no se condena en costas al Ministerio Público, por razones ya indicadas. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña GIGLIOLA DEVOTO SQUADRITTO, Juez titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. QKXXYHVVHM Gigliola Devoto Squadritto Juez de garantía Fecha: 28/02/2022 16:10:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2022-02-28T16:17:05-0300 Corte Suprema Gigliola Devoto Squadritto Verificación Legal

Fallo

se declara: Que se absuelve a doña MARIBEL GREGORIA PAREDES PEÑA, cédula de identidad N° 15.077.482-9, del requerimiento formulado en su contra como autora del delito de amenazas no condicionales del artículo 296 N° 3 del Código Penal, en relación con el artículo 417 del Código de Justicia Militar, en grado de ejecución consumadas, supuestamente cometidas en Valparaíso el día 21 de marzo de 2020. Que no se condena en costas al Ministerio Público, por razones ya indicadas. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña GIGLIOLA DEVOTO SQUADRITTO, Juez titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. QKXXYHVVHM Gigliola Devoto Squadritto Juez de garantía Fecha: 28/02/2022 16:10:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2022-02-28T16:17:05-0300 Corte Suprema Gigliola Devoto Squadritto Verificación Legal

Texto Completo (Preview)

RIT 2733 – 2020 RUC 2000315307-0 C/ MARIBEL GREGORIA PAREDES PEÑA, cédula de identidad N° 15.077.482-9, 3 años, nacida el 12 de mayo de 1982, soltera, domiciliada en calle Los Pinos 1089, cerro Delicias, Valparaíso. Valparaíso, seis de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y

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