VALDEZ/GIOIA SPA
Rol
M-146-2021
Fecha
19 de mayo de 2021
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la demandada, se omita recibir la causa a prueba y se dicte sentencia. Tribunal: omitirá recibir la causa a prueba y dictara sentencia de inmediato acogiendo la solicitud de la parte demandante. SENTENCIA Conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016. Artículo 62 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Santiago, diecinueve de mayo de dos mil veintiuno Vistos Que ante este primer juzgado de letras del trabajo de Santiago se ha presentado demanda en procedimiento monitorio por doña NARCISA DEL JESUS VALDEZ GOMEZ, cédula de identidad 25.124.727-7, con domicilio en calle Equinoccio Nº 731, comuna de Maipú en contra de GIOIA SPA, Rut N° 77.110.387-1, representada legalmente por Gian Angelo Bonino Kauert, cédula de identidad 15.642.647-4, ambos con domicilio en Nueva Costanera Nº 3900, Local 140, comuna de Vitacura Y visto además lo dispuesto 1, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 41, 63, 73, 451, 453, 454, 500 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña Narcisa del Jesús Valdez Gómez, cédula de identidad 25.124.727-7, en contra de Gioia SpA, Rut N° 77.110.387-1, representada legalmente por Gian Ángelo Bonino Kauert, cédula de identidad 15.642.647-4, todos previamente individualizados y se declara que el despido que fue objeto la actora con fecha 08 de enero del año 2021 fue verbal y sin causa legal, y en consecuencia se condena a la demandada a pagar a la actora lo siguiente: a. La suma de $495.000.- por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b. La suma de $132.000.- por concepto de remuneración pendiente del mes de enero del año 2021. c. La suma de $60.720.- por concepto de feriado proporcional. II. Que las sumas precedentemente señaladas deberán ser pagadas con reajustes e intereses que estab
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña Narcisa del Jesús Valdez Gómez, cédula de identidad 25.124.727-7, en contra de Gioia SpA, Rut N° 77.110.387-1, representada legalmente por Gian Ángelo Bonino Kauert, cédula de identidad 15.642.647-4, todos previamente individualizados y se declara que el despido que fue objeto la actora con fecha 08 de enero del año 2021 fue verbal y sin causa legal, y en consecuencia se condena a la demandada a pagar a la actora lo siguiente: a. La suma de $495.000.- por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b. La suma de $132.000.- por concepto de remuneración pendiente del mes de enero del año 2021. c. La suma de $60.720.- por concepto de feriado proporcional. II. Que las sumas precedentemente señaladas deberán ser pagadas con reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que se condena a la demandada a enterar a los organismos previsionales a los cuales se encuentra afiliada la actora, a saber Fonasa, AFC Chile S.A. y AFP Plan Vital las cotizaciones de seguridad social pendientes correspondiente al mes de diciembre del año 2020y mes de enero del año 2021, los días trabajados, en base a una remuneración de $495.000.- IV. Que se declara la nulidad del despido y en consecuencia se condena a la demandada Gioia SpA a pagar a la actora las remuneraciones y demás prestaciones derivadas del contrato de trabajo desde la fecha del despido verbal, esto es, el 08 de enero del añ
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 19/05/2021, Santiago RUC 21- 4-0315643-1 RIT M-146-2021 CARATULADO VALDEZ/GIOIA SPA MAGISTRADO EMA DEL PILAR NOVOA MATEOS ADMINISTRATIVO DE ACTAS PATRICIA PARODI FERNANDEZ HORA DE INICIO 11:18 HORA DE TERMINO 11:31 SALA SALA VIRTUAL 8 (1.2) Nº REGISTRO DE AUDIO 2140315643-1-1348
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