6º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ FELIPE DANTON ARAYA DÍAZ

Rol

O-3907-2021

Fecha

27 de enero de 2022

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto lo dispuesto en los artículos: 1, 14, 15 N° 1, 25, 30, 49, 68, 69, 70, 487 todos del Código Penal, artículos 390 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se acoge el requerimiento efectuado por el Ministerio Público y en consecuencia condena a FELIPE DANTON ARAYA DÍAZ, ya individualizado al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente de UNA (1) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su participación en calidad de autor de un delito de Daños simples por los hechos perpetrados el día 17 de julio del año 2021, en perjuicio del Centro PKRDXYFXRL SERGIO ENRIQUE PADILLA FARIAS Juez de garantía Fecha: 31/01/2022 12:01:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema Comercial Espacio Urbano ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 5199 de la comuna de Estación Central. II. Que la pena de multa se convierte en reclusión y se le da por cumplida con los tres (3) días que estuvo privado de libertad por esta causa los días 17 de julio, 17 de septiembre, ambas del año 2021 y el día de hoy 27 de enero del año 2022. III. Que se libera de la condena en costas al sentenciado. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Defensa NO renuncia PKRDXYFXRL SERGIO ENRIQUE PADILLA FARIAS Juez de garantía Fecha: 31/01/2022 12:01:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visu

Fallo

se declara: I. Que se acoge el requerimiento efectuado por el Ministerio Público y en consecuencia condena a FELIPE DANTON ARAYA DÍAZ, ya individualizado al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente de UNA (1) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su participación en calidad de autor de un delito de Daños simples por los hechos perpetrados el día 17 de julio del año 2021, en perjuicio del Centro PKRDXYFXRL SERGIO ENRIQUE PADILLA FARIAS Juez de garantía Fecha: 31/01/2022 12:01:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema Comercial Espacio Urbano ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 5199 de la comuna de Estación Central. II. Que la pena de multa se convierte en reclusión y se le da por cumplida con los tres (3) días que estuvo privado de libertad por esta causa los días 17 de julio, 17 de septiembre, ambas del año 2021 y el día de hoy 27 de enero del año 2022. III. Que se libera de la condena en costas al sentenciado. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dese cumplimiento a lo dis

Texto Completo (Preview)

Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, veintisiete de enero de dos mil veintidós. Procedimiento SIMPLIFICADO R.U.C. 2100653827-1 R.I.T. 3907 - 2021 JUEZ SERGIO ENRIQUE PADILLA FARÍAS FISCAL MARIA ALEJANDRA BRAVO FIGUEROA DEFENSOR GUSTAVO VALE

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica