MINISTERIO PUBLICO C/ DENNY COSSIO BALAREZO
Rol
O-5951-2021
Fecha
25 de enero de 2022
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Que por información de un cooperador eficaz conforme a lo prescrito en el artículo 22 de la ley 20.000, quien entregó antecedentes sobre distintos domicilios que se dedicaban activamente a la venta de drogas en la ciudad de Arica, específicamente en el sector de Cerro Chuño, de los cuales correspondían a sus proveedores. Por lo anterior el Fiscal del Ministerio Público solicitó al Tribunal de Garantía de Arica, orden de entrada registro e incautación a los siguientes domicilios, solicitud que fue autorizada con fecha 23 de Julio del 2021 por un plazo de 10 días a los siguientes inmuebles: 1. Pasaje Fortunato Valencia n° 4337 Arica. 2. Pasaje 3, frente a la casa asignada con el número 156, población Cerro Chuño Arica. 3. Pasaje 3, frente a la casa asignada con el número 162, población Cerro Chuño Arica. 4. Pasaje 3 casa N° 139, población Cerro Chuño Arica. De manera que con fecha 28 de Julio del 2021 en horas de la tarde, personal del OS7 de Arica dio cumplimiento a la orden judicial conforme al siguiente registro de cada domicilio: Pasaje 3 casa N° 139, población Cerro Chuño Arica. En el interior se detuvo al imputado Johnny Obregón Ramos, de nacionalidad colombiana, por lo que a la revisión del inmueble personal policial encontró en el living del domicilio, encima de un mueble un envase de plástico transparente contenedor de sumidades floridas de cannabis con un peso bruto de 13.1 gramos y un peso neto de 12.1 gramos con una pureza del 100% y 1 balanza digital, además en el dormitorio de OBREGÓN RAMOS sobre el colchón de su cama, se incautó 1 bolsa de color roja, que en su interior mantenía 08 cartuchos balísticos, calibre .38 MM SPL, sin percutir los cuales estaban a la vista y aptos para el disparo no manteniendo el imputado OBREGÓN RAMOS permiso para su porte o tenencia (municiones). Seguidamente al momento de ingresar al domicilio se sorprende a una mujer identificada posteriormente como KAMILA ANDREA CARMONA GUERRA, quien se encontraba afuera
Fallo
se resuelve: I.- Que se condena a Kamila Andrea Carmona Guerra, cédula de identidad N° 19.395.848-6, ya individualizada, a la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de una unidad tributaria mensual y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas, como autora del delito consumado de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, castigado por el artículo 4° en relación al 1° de la Ley N° 20.000, cometido en Arica el 28 de julio de 2021. II.- Que se sustituye la pena corporal por la pena sustitutiva de reclusión parcial en la modalidad de nocturna, consistente en el encierro en su domicilio entre las 22:00 y 06:00 horas del día siguiente por el mismo tiempo de la condena, siendo carga de la defensa acompañar en el plazo de diez días el respectivo informe positivo de factibilidad técnica. Si no lo hiciere, el cumplimiento será en dependencias de Gendarmería de Chile. En uno u otro caso, el acusado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de Arica en el plazo de cinco días, contados desde que esta sentencia quede ejecutoriada. En caso de incumplimiento de esta pena sustitutiva, se ordenará su revocación dando cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad impuesta por esta sentencia o bien la sustitución por otra de mayor intensidad, sirviéndole de abono el día que estuvo privada de libertad por esta causa. KFSFXYNXXF Hector Nicolas Barraza Aguilera Juez de garantía Fecha: 29/
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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, veinticinco de enero de dos mil veintidós Magistrado HÉCTOR NICOLAS BARRAZA AGUILERA Fiscal BRUNO HERNÁNDEZ TUÑÓN Defensor JORGE REYES VIVANCO Tipo de Audiencia PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL Hora inicio 10:10 Hora termino 11:15 Sala 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica Registro de audio 2100688842-6-992-220125-00-10 - PABR HBA LCR RIT 5951 21 Acta LCR RUC 2100688842-
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