MP C/ LUIS FRANCISCO GONZÁLEZ RUZ
Rol
O-509-2021
Fecha
29 de enero de 2022
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación fiscal fueron los siguientes: “Con fecha 23 de julio de 2020, alrededor de las 15:00 horas personal policial de la Brigada Antinarcóticos de Rancagua, se trasladó hasta el domicilio ubicado en pasaje Elena Caffarena N° 14 de la población Ayelen de la comuna de Mostazal, domicilio en donde se contaban con antecedentes de venta de droga, personal policial efectúo labores de vigilancia en donde se pudo observar que desde el interior del domicilio sale el acusado Luis Francisco González Ruz, quien camina por el pasaje Elena Caffarena dirección sur y en la mitad de su trayecto se reúne con una mujer, el acusado procedió a introducir su mano en el bolsillo derecho de su chaqueta y le David Eduardo Gomez Palma Juez Redactor Fecha: 29/01/2022 15:37:07 Cesar Alexanders Torres Mesias Juez Integrante Fecha: 29/01/2022 17:24:05 LHMMXYJXXT Paulina Alejandra Chaparro Bossy Juez Presidente Fecha: 01/02/2022 09:01:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl entrega un paquete a una mujer a cambio de ello, la mujer le entrega un billete, a raíz de ello personal policial se comunicó con el fiscal Pablo Muñoz, quien a su vez se comunica con el Juez de turno de Graneros solicitando una orden de entrada y registro, siendo autorizada dicha entrada, en el interior del domicilio se encontraba el acusado Luis Francisco González Ruz quien al percatarse de la presencia policial arroja al domicilio colindante una objeto el que posteriormente revisado resulta ser un calcetín color rosado que contenía trece envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedor de una sustancia vegetal color característica a la cannab
Fundamentos
considerando anterior, apreciada libremente la prueba según lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal, sin contradecir los principios de la lógica, las máximas de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, los sentenciadores han llegado a la convicción, tal como se adelantó por el tribunal en el veredicto, que es posible dar por acreditado que en la tarde del día 23 de julio de 2020, personal de la Policía de Investigaciones de Chile, ingresó al domicilio ubicado en pasaje Elena Caffarena N° 14 de la población Ayelén de la comuna de San Francisco de Mostazal, contando con una autorización de ingreso y registro obtenida luego de haberse presenciado conductas propias de la venta de droga a terceras personas, lugar en el que se encontraba Luis Francisco González Ruz, quien al percatarse de la presencia policial arroja al domicilio colindante un calcetín que contenía trece envoltorios de papel blanco contenedor de cannabis sativa con un peso de 7,8 gramos, y que en un sillón se encontró una bolsa nylon color rojo que mantenía 9,1 gramos de cannabis sativa a granel, sustancia que en parte tenía destinada a comercializarla con conocidos, además de una balanza digital y $17.000 en dinero en efectivo, DUODÉCIMO: Configuración del tipo penal: Que los hechos descritos en el considerando anterior configuran el delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, en grado de consumado, descrito en el artículo 4° con relación al artículo 1°, ambos de la Ley 20.000, por cuanto, se acreditó que el día 23 de julio de 2020, se encontró en el interior del inmueble ubicado en pasaje Elena Caffarena N° 14 de la población Ayelen de la comuna de San Francisco de Mostazal, marihuana dosificada en papelillos por un total de 7,8 David Eduardo Gomez Palma Juez Redactor Fecha: 29/01/2022 15:37:07 Cesar Alexanders Torres Mesias Juez Integrante Fecha: 29/01/2022 17:24:05 LHMMXYJXXT Paulina Alejandra Chaparro Bossy Juez Presidente Fecha: 01/02/2022 09:01:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl gramos, como también a granel en una bolsa de nylon por un total de 9,1 gramos, especie que estaba en poder o custodia de Luis Francisco González Ruz, quien la tenía destinada en parte para comercializarla con amigos, lo que le permitía mantener sus necesidades y el consumo personal de la misma sustancia, actuar que ha puesto en riesgo la salud pública, bien jurídico protegido por el citado tipo penal, quedando establecido con su declaración el conocimiento de los elementos del tipo objetivo de tráfico ilícito de drogas como también su actuar voluntario, siendo claro el dolo directo
Fallo
se resuelve: I.- Que se condena a Luis Francisco González Ruz, ya individualizado, a la pena corporal de 555 días de presidio menor en su grado medio, a la suspensión de cargo y oficio público mientras dure la condena, y al pago de una multa de cuatro unidades tributarias mensuales, David Eduardo Gomez Palma Juez Redactor Fecha: 29/01/2022 15:37:07 Cesar Alexanders Torres Mesias Juez Integrante Fecha: 29/01/2022 17:24:05 LHMMXYJXXT Paulina Alejandra Chaparro Bossy Juez Presidente Fecha: 01/02/2022 09:01:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl como autor de un delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en pequeñas cantidades, descrito y sancionado en el artículo 4 en relación al artículo 1, ambos de la Ley N° 20.000, en grado consumado, perpetrado el día 23 de julio de 2020 en la comuna de San Francisco de Mostazal. II.- Que atendido lo consignado en el auto de apertura y lo certificado por el Jefe de Unidad de Causas del Tribunal, el acusado González Ruz estuvo sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva entre los días 24 y 27 de julio de 2020, y que desde esa fecha al día de ho
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Rancagua, veintinueve de enero de dos mil veintidós. Vistos, oídos, y considerando. PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por la Juez Presidente doña Paulina Alejandra Chaparro Bossy, y por los magistrados don César Alexanders Torres Mesías, y don David Eduardo Gómez Palma, se llevó
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