Juzgado de Familia Quilpue
ANONIMIZADO
Rol
C-464-2022
Fecha
18 de agosto de 2022
Materia
ALIMENTOS
Resultado
No especificado
Texto Completo (Preview)
Quilpué, dieciocho de agosto de dos mil veintidós. Atendido que la parte demandante no dio cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal con fecha 02 de agosto pasado en el plazo conferido para ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 19.968, ARCHÍVENSE los antecedentes. Solo para efectos computacionales y que la causa alcance el estado de concluida, aplíquese hito de término en SI
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica