4 COMISARIA CARABINEROS VICTORIA C/ MIGUEL ANGEL DECAP JARA
Rol
O-1185-2021
Fecha
27 de enero de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Victoria, con fecha catorce de enero del año en curso, el Ministerio Público representado por el fiscal adjunto don César Schibar Díaz, presentó acusación en contra de don MIGUEL ÁNGEL DECAP JARA, cédula identidad N° 11.134.858-8, empleado, domiciliado en pasaje Cautin N° 1440, comuna de Victoria, por los siguientes hechos: “El día 17 de septiembre de 2021 cerca de las 13 horas el imputado Miguel Ángel Decap Jara conducía en estado de ebriedad y sin contar con licencia de conducir la camioneta chevrolet luv PPU KD.9419 por el interior de la Lubriteca Flores ubicada en calle O'Higgins 0867, en la comuna de Victoria, lugar en que colisionó con un pilar de cemento, siendo fiscalizado por funcionarios policiales que llegaron al lugar, quienes constataron su estado etílico, sometiéndolo al examen intoxilizer que arrojó un resultado de 1,63 gramos por mil de alcohol en la sangre, en tanto trasladado al hospital de Victoria se le realizó la alcoholemia de rigor que arrojó un resultado de 1,74 gramos por mil de alcohol en la sangre.” A juicio del Ministerio Público, los hechos antes descritos constituyen el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños y sin haber obtenido licencia de conducir, previsto y sancionado en los artículos 196 en relación con los artículos 110, 111 y 209 todos de la Ley de Tránsito N° 18.290 encontrándose el ilícito en grado de consumado y correspondiendo al acusado participación en los mismos en calidad de autor, de acuerdo a lo establecido en el artículo 15 Nº 1 del Código Penal. En cuanto a circunstancias modificatorias de responsabilidad señala que éstas no concurren, por lo que solicita la pena de dos penas de tres años de presidio menor en su grado medio, multa de cuatro unidades tributarias mensuales, y suspensión de la licencia de conducir por el término de dos años, más las accesorias legales y costas. SEGUNDO: Que, el Ministeri
Fundamentos
fundamentos hechos valer en la audiencia respectiva, que sirven para establecer jurídicamente los hechos ya descritos y la participación del encartado, además de la aceptación de los hechos de la acusación efectuada, son los siguientes: I.- Prueba documental, material y otros: 1.- Examen de alcoholemia N° 5601-2021, evacuado por el Servicio Médico Legal de Temuco practicada al acusado y que arrojó un resultado de 1,74 gramos de alcohol por mil en la sangre. 2.- Examen respiratorio dragger de fecha 17/09/2021 practicada al acusado y que arrojó un resultado de 1.63 gramos de alcohol por mil en la sangre. 3 - Registro de atención de urgencia N° 486042 del acusado, evacuado por Hospital Victoria de fecha 17.09.2021. 4.- Ordinario de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Victoria que da cuenta que el acusado no registra antecedentes de haber obtenido licencia de conducir. 5.- Hoja de Vida del conductor del acusado. 6.- Certificado de inscripción y anotaciones vigentes en el registro de vehículos motorizados de la camioneta Chevrolet luv PPU KD.9419. 8.- Extracto de filiación y antecedentes del acusado 9.- set de 4 fotografías II.- Prueba Testimonial. 1.- CRISTIAN SCHIFFERLI CARRASCO, funcionario de Carabineros, domiciliado en Avenida Prat esquina Sotomayor S/N, Victoria depondrá sobre los hechos materia de la presente acusación, en especial sobre el procedimiento y diligencias policial practicadas, resultados obtenidos, estado de ebriedad y reconocimiento del acusado; en general sobre todo hecho anterior, coetáneo y posterior y en general cualquier otro aspecto relevante a los hechos investigados. TXSXXYXMXG Evelyn Cristina Zelaya Latham Juez de garantía Fecha: 29/01/2022 15:10:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2.-VICENTE GARRIDO BECKER, funcionario de Carabineros, domiciliado en Avenida Prat esquina Sotomayor S/N, Victoria depondrá sobre los hechos materia de la presente acusación, en especial sobre el procedimiento y diligencias policial practicadas, resultados obtenidos, estado de ebriedad y reconocimiento del acusado; en general sobre todo hecho anterior, coetáneo y posterior y en general cualquier otro aspecto relevante a los hechos investigados. 3.- EDGAR ANTONIO VILLAVICENCIO ROMERO, empleado, domiciliado en O'Higgins 0867, Victoria depondrá sobre los hechos materia de la presente acusación, en especial sobre el estado de ebriedad y reconocimiento del acusado; en general sobre todo hecho anterior, coetáneo y posterior y en general cualquier otro aspecto relevante a los hechos investigados. III.- Prueba pericial: 1.- ROBERTO ULLOA NOVA, químico farmacéutico
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SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO ABREVIADO. Victoria, veintisiete de enero del año dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Victoria, con fecha catorce de enero del año en curso, el Ministerio Público representado por el fiscal adjunto don César Schibar Díaz, presentó acusación en contra de don MIGUEL ÁNGEL DECAP JARA, cédula identidad N° 11
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