1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MANETTI/CHIBRA MEDICAL SPA

Rol

O-3566-2020

Fecha

25 de mayo de 2021

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Estipulación en la relación laboral entre demandante y demandada. 2. Cumplimiento de las formalidades legales por parte de la demandada en relación al despido denunciado. 3. Efectividad de adeudarse las prestaciones correspondientes a remuneraciones, feriado proporcional y horas extraordinarias. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Comprobante de carta de aviso para terminación del contrato de trabajo emitido por Inspección del trabajo. 2. Constancia ingresada ante 44° comisaria de Lo Prado de fecha 17 de marzo de 2020. 3. Comprobante de licencia médica electrónica N°3036750300-9. 4. Comprobante de licencia médica electrónica N°3035906715-1. 5. Informe complementario de médico tratante de fecha 03 de abril de 2020. 6. Comprobante de indicaciones médicas de fecha 16 de marzo de 2020. 7. Conversación de Whatsapp entre Marcos Manetti y Franco Zenteno. 8. Liquidación de remuneración del mes de marzo de 2019. 9. Contrato de trabajo de ayudante de chofer plazo fijo de fecha 01 de agosto de 2018. 10. Comprobante de ingreso de reclamo ante inspección del trabajo El tribunal tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental, la que deberá ser incorporada en la respectiva audiencia de juicio. SOLICITUD DEMANDANTE: La parte demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento del artículo 453 inciso séptimo, y que se tenga por admitidos los hechos contenidos en la presentación de la demanda en virtud de que el demandado no la contestó hasta esta fecha. El Tribunal Resuelve: SENTENCIA.- Se deja constancia que el tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 del acta 71, se transcribirá sólo la individualización de las partes y la resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. RESOLUTIVA: De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 41, 42, 63, 162, 168, 173, 420, 452 y siguientes del Código del Trabajo se declar

Fallo

se declara que: I. Se acoge la demanda interpuesta por don MARCOS VINICIUS MANETTI MORAES, en contra de CHIBRA MEDICAL SPA representada por don CLAUDIO BEHM SEPÚLVEDA todos debidamente individualizados, declarando que el despido verificado el día 17 de marxo del 2020 es injustificado e improcedente y como consecuencia de lo anterior se condena a la parte demanda a las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1. Remuneración del mes de marzo 2020 (17 días): $257.669.- 2. Indemnización sustitutiva del aviso previo: $454.723.- 3. Indemnización por años de servicio (2 años), equivalente al monto de $909.446.- 4. Recargo legal, de acuerdo a lo establecido por el artículo 168 del Código del trabajo en su letra b, correspondiente a un incremento del 50% de los años de servicio $454.723. 5. Feriado legal adeudado al período 2018-2019 (21 días): $318.297.- 6. Feriado legal adeudado proporcional (12.25 días): $185.673.- 7. Horas extraordinarias: $871.000.- II. Que las sumas ordenadas a pagar en lo precedente serán reajustadas y devengarán intereses conforme a lo establecido en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que se condena en costas a la parte demandada las que se regulan en la suma de $400.000.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, sino se pagaran las sumas ordenadas dentro de quinto día, remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral de esta Jurisdicción. Se tiene por notificado en lo obrado en esta audiencia a ambas partes, se ordena arhivar lo

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA Y JUICIO PROCEDIMIENTO Ordinario FECHA 19/05/2021, Santiago RUC 20- 4-0273207-6 RIT O-3566-2020 CARATULADO MANETTI/chibra medical spa MAGISTRADO FELIPE ANDRES NORAMBUENA BARRALES ADMINISTRATIVO DE ACTAS MAURICIO RUIZ MORAGA HORA DE INICIO 09:02 HORA DE TERMINO 09:20 SALA SALA VIRTUAL 18 (5.3) Nº REGISTRO

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica