Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares.

MP C/ FRANCISCO JAVIER MANSILLA ORTIZ

Rol

O-148-2021

Fecha

28 de enero de 2022

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos por los que el Ministerio Público acusó al encartado, conforme el auto de apertura de fecha 16 de noviembre de 2021 del Juzgado de Garantía de San Javier, son los siguientes: Que el día 22 de junio del año 2021, aproximadamente de las 03:00 horas, la víctima Fernanda González Berríos se encontraba en su domicilio, ubicado en Población Mira Río de la comuna de San Javier, durmiendo, quien escuchó ruidos en el patio posterior, percatándose que el imputado FRANCISCO JAVIER MANSILLA ORTIZ había ingresado al domicilio escalando el cierre perimetral, lugar desde donde sustrajo una bicicleta, marca Trek, modelo Marlin 6, aro 29, color azul eléctrico, con marcas en los costados, huyendo del lugar con la especie en su poder. El avalúo de la especie sustraída correspondía a $ 700.000 (setecientos mil pesos). El imputado el día 24 de junio de 2021, a las 12:30 horas, fue sorprendido en la plaza de San Carlos, manteniendo la especie sustraída en su poder, la cual ofrecía por redes sociales, ofreciéndola para su venta, no manteniendo respaldo de propiedad de la especie que vendía.” NSWXXXPZGZ Gabriel Felipe Ortiz Salgado Juez oral en lo penal Fecha: 28/01/2022 13:44:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl A juicio del Ministerio Público, los hechos precedentemente descritos, constituyen el delito de robo con fuerza en lugar habitado previsto en el artículo 432 y sancionado en el 440 número uno del Código Penal, correspondiéndole en dicho ilícito la calidad de autor, el cual se encuentra en grado de consumado. Indicó igualmente en su acusación que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad p

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que el día 24 de enero de 2022, ante la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares, integrada por los magistrados Claudia Mora Cuadra, quien presidió la audiencia, Mauricio Leyton Salas y Gabriel Felipe Ortiz Salgado, se ha efectuado audiencia de juicio oral en contra del acusado FRANCISCO JAVIER MANSILLA ORTIZ, soltero, 25 años de edad, nacido el día 10 de diciembre de 1996 en San Carlos, sin ocupación, octavo básico rendido, cédula nacional de identidad 19.486.756- 5, domiciliado en pasaje las Perdices N º 0917 Villa El Bosque, comuna de San Carlos, actualmente sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva representado el abogado defensor don Maximiliano Cares Verdugo. Por el Ministerio Público compareció el Fiscal don Patricio Caroca Luengo. SEGUNDO: Que, los hechos por los que el Ministerio Público acusó al encartado, conforme el auto de apertura de fecha 16 de noviembre de 2021 del Juzgado de Garantía de San Javier, son los siguientes: Que el día 22 de junio del año 2021, aproximadamente de las 03:00 horas, la víctima Fernanda González Berríos se encontraba en su domicilio, ubicado en Población Mira Río de la comuna de San Javier, durmiendo, quien escuchó ruidos en el patio posterior, percatándose que el imputado FRANCISCO JAVIER MANSILLA ORTIZ había ingresado al domicilio escalando el cierre perimetral, lugar desde donde sustrajo una bicicleta, marca Trek, modelo Marlin 6, aro 29, color azul eléctrico, con marcas en los costados, huyendo del lugar con la especie en su poder. El avalúo de la especie sustraída correspondía a $ 700.000 (setecientos mil pesos). El imputado el día 24 de junio de 2021, a las 12:30 horas, fue sorprendido en la plaza de San Carlos, manteniendo la especie sustraída en su poder, la cual ofrecía por redes sociales, ofreciéndola para su venta, no manteniendo respaldo de propiedad de la especie que vendía.” NSWXXXPZGZ Gabriel Felipe Ortiz Salgado Juez oral en lo penal Fecha: 28/01/2022 13:44:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl A juicio del Ministerio Público, los hechos precedentemente descritos, constituyen el delito de robo con fuerza en lugar habitado previsto en el artículo 432 y sancionado en el 440 número uno del Código Penal, correspondiéndole en dicho ilícito la calidad de autor, el cual se encuentra en grado de consumado. Indicó igualmente en su acusación que no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Solicita se condene a Francisco Javier Mansilla Ortiz a la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA de presidio mayor en grado mínimo, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 12 N° 15 y 16, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 24, 25, 26, 28, 31, 49, 50, 68, 69, 70 y 456 bis A del Código Penal y artículos 1, 45, 47, 295, 296, 297, 306, 314, 315, 325, 328, 329, 333, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que se CONDENA a FRANCISCO JAVIER MANSILLA ORTIZ, cédula nacional de identidad 19.486.756-5 a la pena de DOSCIENTOS DIECIOCHO DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, multa de CINCO unidades tributarias mensuales y suspensión de cargos y oficios públicos durante la condena como autor del delito consumado de receptación, cometido el día 24 de junio de 2021 y sorprendido en la comuna de San Carlos. II.- Que la pena corporal impuesta, se le tiene por cumplida atendido el tiempo que ha permanecido totalmente privado de libertad en esta causa, el día 24 de junio de 2021 en calidad de detenido y desde el 25 del mismo mes hasta la fecha bajo la medida cautelar de prisión preventiva. III.- Que para la multa impuesta se le conceden cinco parcialidades mensuales, iguales y sucesivas de una UTM cada una, pagaderas dentro de los últimos cinco días de cada mes, a partir del mes siguiente a que el presente fallo quede ejecutoriado bajo apercibimiento del artículo 49 y 70 inciso 2° del Código Penal. IV.- Se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por haber obrado con motivos plausibles y no resultar totalmente vencido. Regístrese y comuníques

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PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL LINARES CONTRA : FRANCISCO JAVIER MANSILLA ORTIZ DELITO : ROBO LUGAR HABITADO RECALIFICADO A RECEPTACIÓN R. U. C. : N° 2100590103-8 R. I. T. : N° 148-2021 Linares, veintiocho de enero de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDO Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que el día 24 de enero de 2022, ante la Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares,

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