ANONIMIZADO
Rol
C-412-2021
Fecha
17 de agosto de 2022
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 254 en relación al 256, ambos del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Archívense los antecedentes por retardados. Notifíquese al apoderado...
Fundamentos
considerando además la materia sometida a conocimiento de este tribunal, no siendo ninguna de las reguladas en la Ley 14.908 y visto lo dispuesto en los artículos 254 en relación al 256, ambos del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se resuelve: Archívense los antecedentes por retardados. Notifíquese al apoderado...
Texto Completo (Preview)
Copiapó, diecisiete de agoto de dos mil veintidós. Atento el mérito de los antecedentes que obran en la causa, teniendo especialmente presente la fecha de la interposición de la demanda, habiéndose reprogramado la audiencia preparatoria en reiteradas ocasiones por no encontrarse notificado el demandado, sin que la parte demandante haya realizado gestiones útiles para la acertada notificación de és
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