MINPUBLICO C/ LUIS ANTONIO PAREDES GONZÁLEZ
Rol
O-2240-2020
Fecha
26 de enero de 2022
Materia
LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: RXHXXXRXFQ Denis Rodrigo Oyarce Orrego Juez de garantía Fecha: 27/01/2022 14:08:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl mailto:crucescuevaspatricia@gmail.com SE RESUELVE: Por esta consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 25, 26, 30, 49,67, 70, 399, del Código Penal, y art. 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se CONDENA a don LUIS ANTONIO PAREDES GONZÁLEZ, ya individualizado, como AUTOR de un delito de LESIONES MENOS GRAVES previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en la comuna de Los Alamos, el 14 de diciembre de 2020, A LA PENA DE MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que respecto de la pena de multa y de conformidad al artículo 70 del Código Penal, se autoriza al sentenciado a pagar la multa, de UNA UTM, en tres PARCIALIDADES, que se pagaran los últimos cinco cada días de cada mes, comenzando por el mes de febrero de 2022, de acuerdo al valor que tenga la referida unidad al momento del pago efectivo. El no pago de esa parcialidad y si el sentenciado no tuviere bienes para satisfacer la multa, podrá concurrir al tribunal para solicitar la sustitución por prestación de servicios en beneficio de la comunidad. De no acreditarse el pago y no manifestar es voluntad de prestar servicios en beneficio de la comunidad, se le impondrá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de UTM, sin que en el caso de marras pueda exceder de tres días. III.- Que se exime al sentenciado del pago de l
Fundamentos
FUNDAMENTOS DE LO RESUELTO. “Se hace presente a nuestros usuarios que si requieren consultar sobre el estado de ésta u otras causas, o realizar alguna solicitud, se pueden comunicar virtualmente con este Juzgado de Letras RXHXXXRXFQ Denis Rodrigo Oyarce Orrego Juez de garantía Fecha: 27/01/2022 14:08:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl y Garantía de Lebu, de lunes a viernes de 08:00 a 14:00 horas, y los sábados de 09:00 a 12:00 horas, ingresando por intermedio de su teléfono celular o un computador, a través de Google Chrome, a la siguiente plataforma: https://conecta.pjud.cl/ , en la cual deberán incorporar sus datos, luego seleccionar “Juzgado Letras de Lebu”, posteriormente elegir si desea ser atendido por video llamada, por WhatsApp o por chat, y seleccionar el botón “enviar”, para finalmente ser atendido por un funcionario de este Tribunal; y que los escritos o solicitudes puede presentarlos también de forma directa a través de la Oficina Judicial Virtual, ingresando a la página del Poder Judicial www.poderjudicial.cl Lo anterior conforme a lo dispuesto en el artículo 5, inciso 1° de la Ley de Tramitación Electrónica 20.886 y artículo 3 del acta 37-2016 de fecha 15 de abril de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema”. . RXHXXXRXFQ Denis Rodrigo Oyarce Orrego Juez de garantía Fecha: 27/01/2022 14:08:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl https://conecta.pjud.cl/ http://www.poderjudicial.cl 2022-01-27T14:08:54-0300 Corte Suprema Denis Rodrigo Oyarce Orrego Verificación Legal
Fallo
SE RESUELVE: Por esta consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N° 9, 15 N° 1, 18, 25, 26, 30, 49,67, 70, 399, del Código Penal, y art. 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se CONDENA a don LUIS ANTONIO PAREDES GONZÁLEZ, ya individualizado, como AUTOR de un delito de LESIONES MENOS GRAVES previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en la comuna de Los Alamos, el 14 de diciembre de 2020, A LA PENA DE MULTA DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que respecto de la pena de multa y de conformidad al artículo 70 del Código Penal, se autoriza al sentenciado a pagar la multa, de UNA UTM, en tres PARCIALIDADES, que se pagaran los últimos cinco cada días de cada mes, comenzando por el mes de febrero de 2022, de acuerdo al valor que tenga la referida unidad al momento del pago efectivo. El no pago de esa parcialidad y si el sentenciado no tuviere bienes para satisfacer la multa, podrá concurrir al tribunal para solicitar la sustitución por prestación de servicios en beneficio de la comunidad. De no acreditarse el pago y no manifestar es voluntad de prestar servicios en beneficio de la comunidad, se le impondrá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada tercio de UTM, sin que en el caso de marras pueda exceder de tres días. III.- Que se exime al sentenciado del pago de las costas por haber admitido responsabilidad en los he
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ACTA DE AUDIENCIA DE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. DICTANDO SENTENCIA FECHA LEBU, veintiseis de enero de dos mil veintidós. RUC 2001254516-K RIT 2240 - 2020 MAGISTRADO DENIS RODRIGO OYARCE ORREGO FISCAL KARINA BUCAREY MORALES DEFENSOR ANGELICA HUENUIL BADILLA HORA DE INICIO 10:47 horas HORA DE TERMINO 11:04 horas REGISTRO DE AUDIO 2001254516-K-193 AUDIO Alexis Lobos Suazo ACTA Carolina Baza Torres
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