SINDICATO INTEREMPRESAS QUIMICOS FARMACEUTICOS SALCOBRAND/SALCOBRAND S.A
Rol
T-143-2020
Fecha
18 de mayo de 2021
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OÍDO: Que, se han presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don GUILLERMO ORELLANA LEÓN, Presidente; don JOSÉ LUIS SOTO SEGOVIA, Secretario; doña PAULA ANDREA PARADA URREA, Tesorera, y don JAIME VARGAS GACITÚA DIRECTOR, en representación del SINDICATO DE QUIMICOS FARMACEUTICOS DE EMPRESA SB, RSU 13014657, todos domiciliados para estos efectos en la Calle Merced 50, Santiago; e interponen denuncia por vulneración de derechos fundamentales, en procedimiento de Tutela Laboral, en contra de SALCOBRAND S.A., representada por don CARLOS ALBERTO GONZÁLEZ CORREA, ambos domiciliados en Avenida General Velásquez n° 9981, comuna de San Bernardo. ANTECEDENTES DE LA DEMANDA: Señalan que en los últimos meses la empresa denunciada ha manifestado su interés en implementar un nuevo mecanismo para la determinación y cálculo de las remuneraciones de sus trabajadores, por la vía de disminuir los KIPS de venta actuales. Se les informó que la idea era pasar de los 5 Kips de venta existentes en la actualidad, a saber, venta consumo 20%, venta marca propia consumo 20%, número de tickt o vales 40%, check-list brecha y sanitario 20% y el kpi multiplicador cliente incognito, a solo 2 kpis de venta que serían NPS o experiencia de compra 15%, y Pozo Vendedores 85%. En línea con ello se postulaba la implementación de establecimientos pilotos en torno a esta nueva modalidad. Refieren que la decisión de la empresa importaba un cambio de las condiciones laborales existentes en los términos establecidos en los respectivos contratos de trabajo, por lo que se hacía necesario modificarlos. Así, la empresa comenzó a agendar reuniones informativas sobre la materia a comienzos de julio de 2020 para discutir la manera de implementar los cambios. De esta manera, el 10 de septiembre la empresa fijó una reunión informativa sobre la materia con el personal del local 6, ubicado en la comuna de San Bernardo. En dicha oportunidad concurrieron al local dos Jefes zonales de la emp
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se han presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don GUILLERMO ORELLANA LEÓN, Presidente; don JOSÉ LUIS SOTO SEGOVIA, Secretario; doña PAULA ANDREA PARADA URREA, Tesorera, y don JAIME VARGAS GACITÚA DIRECTOR, en representación del SINDICATO DE QUIMICOS FARMACEUTICOS DE EMPRESA SB, RSU 13014657; e interpone denuncia por vulneración de derechos fundamentales, en procedimiento de Tutela Laboral, en contra de SALCOBRAND S.A., representada por don CARLOS ALBERTO GONZÁLEZ CORREA, conforme a los argumentos vertidos en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, en audiencia preparatoria, habiendo fracasado el llamado a conciliación, se fijaron los siguientes hechos: HECHO A PROBAR: Efectividad que la denunciada de autos vulneró la garantía consagrada en el artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República de los trabajadores miembros del Sindicato, en lo relativo a la integridad sicológica de las personas. En la afirmativa, hechos y circunstancias que rodearon tal vulneración. TERCERO: Que, para acreditar sus asertos, las partes incorporaron los siguientes medios probatorios: PRUEBA DE LA PARTE DENUNCIANTE: DOCUMENTAL: 1. Certificado que da cuenta de la composición de la directiva sindical. 2. Copia de cartas de despido de las siguientes ex trabajadoras de la empresa y socias del sindicato: María Consuelo Larrañaga y Diana Carbajal (despedidas por necesidades. de la empresa). 3. Listado de socios afiliados al sindicato denunciante. 4. Fotografía de comunicado de la empresa, en que se condiciona el pago de haberes irrenunciables a la suscripción de finiquito sin reserva de derechos. 5. Print de pantalla correspondiente a ofertas laborales publicadas por la empresa en Internet. 6. Copia de carta de despido de la trabajadora ex socia del sindicato: María Augusta Sánchez (despedida por incl. grave). 7. Nota de prensa de El desconcierto.cl de fecha 26/11/2020 “Colegio de Químico Farmacéuticos denuncia presiones y despidos en Salcobrand para firmar cambios en contratos”. 8. Impresión de nota de prensa de emol.com de fecha 25/6/2020 “las compras en tiempos del COVID-19: ventas en supermercados y farmacias suben con fuerza pese a resentido comercio” 9. Impresión de nota de prensa de cooperativa.cl de fecha 9/4/2020 “farmacias y supermercados aumentaron sus ventas online más de 65 por ciento. 10. Declaración del Colegio de Químicos Farmacéuticos de Chile “cambios de contratos en Farmacias Salcobrand” de 26/11/2020. TESTIMONIAL: Fueron conducidos a estrados los siguientes testigos, quienes debidamente juramentados y legalmente examinados declararon al tenor de las preguntas formuladas por los intervinientes, a saber: 1. SUSANA PAOLA PAZMIÑO GORDILLO, CEDULA NACIONAL DE IDENTIDAD N° 22.996.050-4, QUÍMICO FARMACÉUTICO. 2. MARÍA CONSUELO LARRAÑAGA CAHIS, CEDULA NACIONAL DE IDENTIDAD N° 13.027.029-8, QUÍMICO FARMACÉUTICO. 3. JAIME ISAIAS VARGAS GACITUA, CEDULA NACIONAL DE IDENTIDAD N
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 5, 161 inciso 1°, 420, 425, 453, 457, 459, 485, 489, y demás pertinentes de Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se rechaza la denuncia por vulneración de derechos fundamentales, en procedimiento de Tutela Laboral, interpuesta por don GUILLERMO ORELLANA LEÓN, Presidente; don JOSÉ LUIS SOTO SEGOVIA, Secretario; doña PAULA ANDREA PARADA URREA, Tesorera, y don JAIME VARGAS GACITÚA DIRECTOR, en representación del SINDICATO DE QUIMICOS FARMACEUTICOS DE EMPRESA SB, RSU 13014657; en contra de SALCOBRAND S.A., representada por don CARLOS ALBERTO GONZÁLEZ CORREA, declarándose que esta última no ha ejercido actos que vulneren el artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República, es decir, el derecho de todas las personas a la integridad física y sicológica. II. Que, cada parte soportará sus costas. Regístrese y archívese. Notifíquese a las partes por correo electrónico. RIT: T-143-2020.- RUC: 20-4-0298098-3.- Dictada por don Arturo Orlando Briceño Rivera, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo. 1
Texto Completo (Preview)
San Bernardo, dieciocho de mayo de dos mil veintiuno. VISTO Y OÍDO: Que, se han presentado ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo don GUILLERMO ORELLANA LEÓN, Presidente; don JOSÉ LUIS SOTO SEGOVIA, Secretario; doña PAULA ANDREA PARADA URREA, Tesorera, y don JAIME VARGAS GACITÚA DIRECTOR, en representación del SINDICATO DE QUIMICOS FARMACEUTICOS DE EMPRESA SB, RSU 13014657, todos
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