LUIS HUMBERTO PIRUL HERNANDEZ C/ MANUEL FRANCISCO JEREZ PARDO
Rol
O-4497-2018
Fecha
24 de enero de 2022
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 25 de marzo de 2018, a las 21:40 horas aproximadamente, en la intersección de Camino El Bajo con Avenida Vicuña Mackenna, comuna de Melipilla, el imputado MANUEL FRANCISCO JEREZ PARDO, fue sorprendido por personal policial conduciendo el vehículo PPU BCRW-30 en estado de ebriedad pese a estar vigente en su contra la sanción de suspensión de su licencia de conducir, según consta en Sentencia de fecha 02 de abril de 2015, causa Rit 4763-2014, RUC 1400863365-8 del Juzgado de Garantía de San Antonio. El estado de ebriedad del imputado fue constatado por carabineros de la 24ª Comisaría Melipilla que lo controlaron, debido a su halito alcohólico, rostro congestionado e inestabilidad al caminar. El examen de alcoholemia practicado al imputado, arrojó que este último presentaba 2.58 gramos de alcohol en la sangre, al momento de desempeñar la conducción del vehículo” Circunstancias modificatorias: 11 Nº 9 del Código Penal Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 15, 18, 67, 68 y 70 del Código Penal; 407 y siguientes del Código Procesal Penal; 110, 111, 196 y 209 de la Ley 18.290; y Ley 18.216, se declara: 1.- Que se condena a Manuel Francisco Jerez Pardo, ya individualizado, a sufrir la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de una unidad tributaria mensual, a la cancelación de la licencia de conducir y a la suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con licencia de conducir suspendida, en grado de consumado, conforme a los artículos 196 y 209 de la Ley 18.290, ocurrido en esta ciudad el día 25 de marzo de 2018. 2.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna y se dispone que el imputado deberá permanecer en su domicilio ya referido entre las 22:00 horas y
Fallo
se declara: 1.- Que se condena a Manuel Francisco Jerez Pardo, ya individualizado, a sufrir la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa de una unidad tributaria mensual, a la cancelación de la licencia de conducir y a la suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con licencia de conducir suspendida, en grado de consumado, conforme a los artículos 196 y 209 de la Ley 18.290, ocurrido en esta ciudad el día 25 de marzo de 2018. 2.- Que reuniéndose los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216, se sustituye la pena corporal impuesta por la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna y se dispone que el imputado deberá permanecer en su domicilio ya referido entre las 22:00 horas y las 6:00 horas del día siguiente, para lo cual deberá presentarse en el CRS Santiago Occidente, correspondiente a su domicilio el día 14 de febrero próximo, a las 10:00 horas. En caso de revocarse la pena sustitutiva, el encartado deberá cumplir efectivamente la pena originalmente impuesta o el saldo de ella, la que se contará desde que se presente o sea habido, con un día de abonos a considerar. 3.- Que, para el pago de la multa impuesta, se conceden dos cuotas mensuales, iguales y sucesivas de media unidad tributaria mensual cada una, debiendo pagar la primera los últimos cinco días del mes de febrero y la siguiente lo
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SENTENCIA DEFINITIVA FECHA: Melipilla., veinticuatro de enero de dos mil veintidós TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE MELIPILLA MAGISTRADO: CLAUDIO EDUARDO ALVARADO AGUIRRE RUC: 1800296669-3 RIT: 4497 – 2018 IMPUTADO : MANUEL FRANCISCO JEREZ PARDO C.I. : 0011272678-0 FECHA DE NAC.: 04-09-1968 DIRECCION: PARCELA EL BAJO S/N COMUNA: Melipilla. DELITOS : -Conducción de vehículo motorizado en estado de
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