Juzgado de Garantía de Rengo.

ROBERTO ALEXANDER AGUILERA VILCHES C/ LUIS ALEJANDRO SOTO LOYOLA

Rol

O-4245-2020

Fecha

24 de enero de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Con fecha 6 de abril de 2020 a las 12:08 horas el requerido Luis Soto Loyola ingresó al interior del supermercado CUGAT ubicado en San Martin nro. 180, Rengo, se desplaza por los pasillos y sustrae con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño especies de propiedad de la víctima consistentes en 2 piezas de carne, avaluados en la suma de $ 26.888 , las que introduce al interior de una bolsa que portaba, para luego dirigirse a una de las cajas dispuestas para el pago de los productos pagando por algunos, no así por las especies que guardo en la mochila que llevaba puesta, dirigiéndose a la salida del local comercial momento en que es interceptado por los guardias de seguridad del local, y es entregado a carabineros Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 14, 15, 25, 26, 30, 50, 67, 69, 446 N°3, del Código Penal; artículos 388, 389, 393 bis, 395, 407 del Código Procesal Penal;, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a LUIS ALEJANDRO SOTO LOYOLA, ya individualizado en estos autos, como autor del delito de Hurto simple, ´revisto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, a sufrir una pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, multa de UN TERCIO UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la cual se tendrá por cumplida atendido el tiempo que ha estado privado de libertad, esto es el 15 de Junio de 2021 según se ha señalado por parte de su defensa y se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Los intervinientes incluido el sentenciado se entienden notificados con esta fecha de la sentencia con la lectura de la misma. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese este hecho por la Jefe de unidad y causas. Dese cumplimiento en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. LHW

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a LUIS ALEJANDRO SOTO LOYOLA, ya individualizado en estos autos, como autor del delito de Hurto simple, ´revisto y sancionado en el artículo 446 N°3 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, a sufrir una pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO, multa de UN TERCIO UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la cual se tendrá por cumplida atendido el tiempo que ha estado privado de libertad, esto es el 15 de Junio de 2021 según se ha señalado por parte de su defensa y se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Los intervinientes incluido el sentenciado se entienden notificados con esta fecha de la sentencia con la lectura de la misma. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese este hecho por la Jefe de unidad y causas. Dese cumplimiento en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. LHWBXXBXJF Barbara Jessica Rogel Cespedes Juez de garantía Fecha: 26/01/2022 16:26:49 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitació

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“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju

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