Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MP C/ JAVIER ALEJANDRO CARTAGENA MARAMBIO

Rol

O-5752-2020

Fecha

24 de enero de 2022

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “El día 11 de junio del año 2020, alrededor de las 11 de la mañana, el imputado JAVIER ALEJANDRO CARTAGENA MARAMBIO, fue sorprendido por un funcionario de carabineros, en Calle Francisco Bilbao con 21 de Mayo, en la comuna de Viña del Mar, manteniendo en su poder una camioneta marca Chevrolet, color rojo, placa patente DT YT-53, que mantenía encargo vigente por robo, según denuncia realizada ese mismo día a las 10:30 horas de la mañana, por JORGE GILLERMO GUERRERO SALINAS, denuncia contenida en el parte policial n°1294 del 11 de junio del 2020, de la cuarta comisaria de Con-Con, por lo que el imputado cocido, no podía, no menos que conocer el origen ilícito del vehículo que mantenía en su poder.” Calificación Jurídica: Receptación de vehículo motorizado. Grado de Desarrollo: Consumado. Calidad: Autor. Circunstancias modificatorias: No concurren. Pena solicitada: Quinientos cuarenta y un días sin derecho a pena sustitutiva por las condenas que mantiene en el extracto de filiación, la multa queda se deja a criterio del Tribunal. SENTENCIA VISTOS, OÍDOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 30, 70, 456 bis A del Código Penal; artículos 406, 407 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se condena a JAVIER ALEJANDRO CARTAGENA MARAMBIO, ya individualizada, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, y se le EXIME DE LA MULTA que conlleva esta pena, se le condena también, a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo MXJXXXLRQX Eliana Isabel Uribe Molina Juez de garantía Fecha: 26/01/2022 10:29:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualiz

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a JAVIER ALEJANDRO CARTAGENA MARAMBIO, ya individualizada, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, y se le EXIME DE LA MULTA que conlleva esta pena, se le condena también, a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo MXJXXXLRQX Eliana Isabel Uribe Molina Juez de garantía Fecha: 26/01/2022 10:29:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl de la condena, todo por su responsabilidad en calidad de autor del delito de receptación hecho ocurrido con fecha 11 de junio del año 2020 en esta jurisdicción. III.- Que, para el cumplimiento de la pena privativa de libertad, está será efectiva, deberá cumplirlo a continuación de la pena que esta cumpliendo, y se le abonara el tiempo que estuvo privado de libertad por esta causa, desde el día 12 de junio hasta el 04 de noviembre del año 2020. Se le exime del pago de las costas de la causa. Se ordena cumplir con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad Se dejan sin efecto las medidas cautelares que se habían decretado, esto es articulo 155 letr

Texto Completo (Preview)

Fecha Viña del Mar., Veinticuatro de dos mil veintidós RUC 2000593505-K RIT 5752 - 2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA JAVIER ALEJANDRO CARTAGENA MARAMBIO 0015077471-3 Cumple 18/11/2029 Avenida Rodelillo Edificio Sta Teresa Block 30-A Depto. Nº 32 Valparaíso. HECHOS: “El día 11 de junio del año 2020, alrededor de las 11 de la mañana, el imputado JAVIER ALEJANDRO CARTAGENA MARAMBIO, fue sorp

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