Juzgado de Garantía de Los Lagos.

CARABINEROS DE CHILE SEGUN C/ VICTOR ELIAS MONSALVE VELOSO

Rol

O-770-2021

Fecha

24 de enero de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS: La parte expositiva y considerativa de la sentencia constan en el registro de audio RUC 2100151901-5-1086 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Se declara: I.- Que se condena a VÍCTOR ELÍAS MONSALVE VELOSO, cédula de identidad Nº 9834434-9, ya individualizado, a una pena privativa de libertad de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a benefico fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PLAZO DE DOS AÑOS, como autor del delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS O LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 ambas de la Ley N° 18.290 de Tránsito, por los hechos acontecidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal, con fecha catorce de febrero de dos mil veintiuno. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna de 22:00 a 06:00 horas del día siguiente, debiendo dar cumplimiento a dicha pena durante el tiempo que dure la condena en el domicilio que ha señalado en esta audiencia, ubicado en SECTOR QUILME S/N° DE LOS LAGOS, computando una noche por cada día de libertad. La fiscalización de la pena sustitutiva será de cargo de Carabineros de Chile, sin perjuicio de lo cual, la defensa tendrá el plazo de ejecutoria de esta sentencia, para presentar informe sobre la factibilidad técnica del control por monitoreo telemático. III. Que la multa impuesta será pagadera en su valor nominativo conforme formulario que le será entregado por el tribunal y deberá acreditar su pago durante los primeros cinco días del mes siguiente desde que quede ejecutoriada la presente sentencia. En caso que no pagare dicha multa, sufrirá por vía de sustitución la pen

Fallo

Se declara: I.- Que se condena a VÍCTOR ELÍAS MONSALVE VELOSO, cédula de identidad Nº 9834434-9, ya individualizado, a una pena privativa de libertad de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria legal de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a benefico fiscal de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL PLAZO DE DOS AÑOS, como autor del delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS O LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 196 en relación al artículo 110 ambas de la Ley N° 18.290 de Tránsito, por los hechos acontecidos en el territorio jurisdiccional de este tribunal, con fecha catorce de febrero de dos mil veintiuno. II.- Que, reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna de 22:00 a 06:00 horas del día siguiente, debiendo dar cumplimiento a dicha pena durante el tiempo que dure la condena en el domicilio que ha señalado en esta audiencia, ubicado en SECTOR QUILME S/N° DE LOS LAGOS, computando una noche por cada día de libertad. La fiscalización de la pena sustitutiva será de cargo de Carabineros de Chile, sin perjuicio de lo cual, la defensa tendrá el plazo de ejecutoria de esta sentencia, para presentar informe sobre la factibilidad técnica del control por monitoreo telem

Texto Completo (Preview)

Dirección Calle San Martín N° 280 comuna de Los Lagos / Fono 63-2460261 / Mail jgloslagos@pjud.cl Sentencia en procedimiento simplificado. Los Lagos, veinticuatro de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y OÍDOS: La parte expositiva y considerativa de la sentencia constan en el registro de audio RUC 2100151901-5-1086 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Se declara: I.- Que se condena a VÍC

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