JOSE LUIS RODRIGUEZ VERA C/ JAN JESUS ALBERTO IRIARTE SANCHEZ
Rol
O-13321-2019
Fecha
24 de enero de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 01 de Agosto del 2019 siendo las 05:00 horas aproximadamente los imputados JEAN JESUS ALBERTO IRIARTE SANCHEZ, JUAN LUCIANO OBESO GARCIA y CARLOS ALBERTO OYARZÚN CISTERNAS, ya condenado en esta causa, previamente concertados se apersonaron en el local comercial tipo minimarket de nombre El Arequipeño de propiedad de don Jose Luis Rodriguez Vera; lugar en el cual procedieron a forzar con elementos contundentes la cortina metálica de acceso al mismo con la finalidad de ingresar a aquel y sustraer con ánimo de lucro diversas especies desde su interior, ocasionando daños avaluados en la suma de $ 250.000. Logrando frustrar Carabineros el actuar de los imputados. SE DECLARA: I.- Que se condena a JEAN JESUS ALBERTO IRIARTE SANCHEZ, ya individualizado, a la pena de 41 DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO y a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Robo en lugar no habitado., previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, en grado de ejecución de FRUSTRADO, cometido el día 01 de Agosto del 2019, en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL por el período de 1 AÑO, debiendo presentarse en el CRS Santiago, ubicado en Santo Domingo 1382, comuna de Santiago, los 10 primeros días del mes de febrero de 2022.- En el evento de que le fuera revocada la pena sustitutiva el condenado deberá cumplir la pena en forma efectiva con un día de abono que computar. III.- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se le exime al imputado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. LRYXXWFMBH MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA Juez de garantía Fecha: 24/01/202
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a JEAN JESUS ALBERTO IRIARTE SANCHEZ, ya individualizado, a la pena de 41 DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO y a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de Robo en lugar no habitado., previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, en grado de ejecución de FRUSTRADO, cometido el día 01 de Agosto del 2019, en la comuna de Santiago. II.- Que reuniendo el sentenciado los requisitos del artículo 4° de la Ley N°18.216, se le sustituye la pena privativa de libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL por el período de 1 AÑO, debiendo presentarse en el CRS Santiago, ubicado en Santo Domingo 1382, comuna de Santiago, los 10 primeros días del mes de febrero de 2022.- En el evento de que le fuera revocada la pena sustitutiva el condenado deberá cumplir la pena en forma efectiva con un día de abono que computar. III.- Que habiendo admitido responsabilidad en los hechos se le exime al imputado del pago de las costas de la causa, atendido a que con ello ha ahorrado recursos tanto al Ministerio Público como al Estado. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. LRYXXWFMBH MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA Juez de garantía Fecha: 24/01/2022 13:45:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la
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PROCEDIMIENTO Simplificado FECHA: Santiago., veinticuatro de enero de dos mil veintidós TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: MARIO ALFREDO CAYUL ESTRADA RUC: 1900821053-8 RIT: 13321 - 2019 IMPUTADO: JAN JESUS ALBERTO IRIARTE SANCHEZ C.I. 0014882470-3 DELITO (Indicar si es reiterado) Robo en lugar no habitado. ARTICULO 443 del Código Penal PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESARRO
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