GUTIÉRREZ/LENCK LIMITADA
Rol
M-22-2021
Fecha
17 de mayo de 2021
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos a probar: 1.- La existencia de la relación laboral entre las partes, fecha de inicio y término de la misma y remuneración que debe servir de base de cálculo para eventuales prestaciones. 2.- Motivo de término de la relación laboral, causal invocada y la efectividad de los hechos que se hayan invocado como justificación de la misma; hechos y circunstancias que lo acreditarían. 3.- La efectividad de adeudarse remuneraciones, respecto de la demandante y en su caso, el período y monto adeudado. 4.- La efectividad de adeudarse feriado legal y proporcional respecto de la demandante, en su caso monto adeudado. 5.- La efectividad de adeudarse cotizaciones de seguridad social respecto de la demandante y en su caso período adeudado. Pruebas de la parte demandante I.- Documental: 1.- Contrato de Trabajo de la demandante de fecha 23 de agosto de 2019. 2.- Liquidaciones de remuneraciones de los meses de diciembre de 2019 y enero y febrero de 2020. 3.- Carta de despido de la demandante de fecha 21 de octubre de 2020. 4.- Certificado de cotizaciones previsionales de FONASA de fecha 27 de noviembre de 2020. 5.- Certificado de cotizaciones previsionales de AFP MODELO de fecha 30 de noviembre de 2020. 6.- Acta de comparendo ante la Inspección Provincial del Trabajo de Coquimbo de fecha 24 de noviembre de 2020. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandante. II.- Confesional: De doña PIA LENCK ALVARADO, en su calidad de representante legal de la demandada, bajo apercibimiento legal. El tribunal deja constancia que la representante legal de la demandada no compareció a la presente audiencia. Observaciones a la prueba: Sí. RESUMEN DE LA SENTENCIA En La Serena, diecisiete de mayo de dos mil veintiuno. Parte demandante: GABRIELA ALEJANDRA GUTIÉRREZ MADRIGAL Parte demandada: LENCK LIMITADA. VISTOS OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PARTE RESOLUTIVA Vistos además lo dispuesto en los artículos 1,3, 5, 7, 41, 55, 63, 73, 161, 162, 168, 172, 173, 453, 454, 456, 499, 500 y 501 del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I.- Que, se acoge la demanda presentada por doña Gabriela Alejandra Gutiérrez Madrigal, en contra de Lenk Limitada, declarándose que su despido resultó improcedente y nulo, condenando a la demandada al pago de las siguientes prestaciones calculadas sobre la base de una remuneración de $326.589: a) Al pago de la suma de $326.589, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b) Al pago de la suma de $326.589, por concepto de indemnización por años de servicios, debiendo incrementarse la referida suma en un 30%, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 168 letra a) del Código del trabajo, esto, es por la cantidad de $97.977. c) Al pago de la suma de $276.273, por concepto de feriado legal y proporcional , al tenor de lo dispuesto en el artículo 73 del Código del Trabajo. d) Al pago de la suma de $544.315, por concepto de remuneraciones adeudadas por el mes de abril de 2019 y 20 días del mes de octubre de 2020. II.- Que las sumas referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se condena en costas a la demandada. REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y ARCHIVESE, en su oportunidad. Dictada por don RODRIGO PATRICIO DIAZ FIGUEROA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA FECHA 17 DE MAYO DE 2021 RUC 21-4-0314966-4 RIT M-22-2021 MAGISTRADO RODRIGO PATRICIO DÍAZ FIGUEROA ADMINISTRATIVO DE ACTAS CAROLINA LEÓN AGUILERA SALA 2 HORA DE INICIO 09:15 HORA DE TERMINO 09:40 Nº REGISTRO DE AUDIO 21-4-0314966-4 PARTE DEMANDANTE GABRIELA ALEJANDRA GUTIÉRREZ MADRIGAL ABOGADO RODRIGO IGNACIO ALCAYAGA GUERRERO PARTE DEMANDADA (No
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