Tribunal de Juicio Oral en lo Penal San Antonio.

M.P. C/ BRYAN ANTONIO BASCOURT ECHANIZ

Rol

O-317-2021

Fecha

24 de enero de 2022

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO., RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación dirigida en contra de BRYAN ANTONIO BASCOURT ECHANIZ, cédula de identidad N°20.567.773-9, nacido en San Antonio el 10 de septiembre de 2000, 21 años, temporero, soltero, con domicilio en Sector Piuchén, parcela 1712, Rapel de Navidad, Región de Libertador Bernardo valentina.abarca.sanchez@gmail.com, legalmente representado por el Defensor Penal Público don Sebastián Lamilla Farías. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado en el juicio oral por el Fiscal Adjunto de San Antonio, don Juan Carlos Catalán Aracena El juicio se desarrolló, en atención a la pandemia mundial por el coronavirus Covid-19 que ha motivado la declaración del estado de excepción de catástrofe a nivel nacional, mediante video conferencia usando la plataforma “zoom” de manera semipresencial, a fin de evitar la propagación de dicha enfermedad, habiéndose resuelto así en audiencia previa de lineamientos, adoptándose, en todo caso, todas las medidas tendientes para resguardar los derechos establecidos en la Constitución y las leyes de la República. SEGUNDO: Acusación. Los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, textualmente reproducidos, son los siguientes: “El día 23/12/20, aproximadamente a las 11:10 horas, el imputado BRYAN ANTONIO BASCOURT ECHANIZ conducía sin mantener licencia profesional el vehículo taxi colectivo, placa patente FDWP-34, por calle República en la comuna de San Antonio y al llegar a la intersección con calle Maule perdió el control del vehículo impactando el portón del domicilio de propiedad de Humberto Carvajal CECTXWBVXG Manuel Jesus Vergara Esparta Juez oral en lo penal Fecha: 24/01/2022 13:11:42 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha diecinueve de enero de dos mil veintidós, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, integrada por los Jueces don Edgardo Castro Fuentes, quien presidió, don Manuel Vergara Esparta (S) y doña Daniela Herrera Faúndez, se celebró la audiencia de juicio oral en la causa RIT 317-2021, que tuvo por objeto conocer y juzgar los hechos de la acusación dirigida en contra de BRYAN ANTONIO BASCOURT ECHANIZ, cédula de identidad N°20.567.773-9, nacido en San Antonio el 10 de septiembre de 2000, 21 años, temporero, soltero, con domicilio en Sector Piuchén, parcela 1712, Rapel de Navidad, Región de Libertador Bernardo valentina.abarca.sanchez@gmail.com, legalmente representado por el Defensor Penal Público don Sebastián Lamilla Farías. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado en el juicio oral por el Fiscal Adjunto de San Antonio, don Juan Carlos Catalán Aracena El juicio se desarrolló, en atención a la pandemia mundial por el coronavirus Covid-19 que ha motivado la declaración del estado de excepción de catástrofe a nivel nacional, mediante video conferencia usando la plataforma “zoom” de manera semipresencial, a fin de evitar la propagación de dicha enfermedad, habiéndose resuelto así en audiencia previa de lineamientos, adoptándose, en todo caso, todas las medidas tendientes para resguardar los derechos establecidos en la Constitución y las leyes de la República. SEGUNDO: Acusación. Los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, textualmente reproducidos, son los siguientes: “El día 23/12/20, aproximadamente a las 11:10 horas, el imputado BRYAN ANTONIO BASCOURT ECHANIZ conducía sin mantener licencia profesional el vehículo taxi colectivo, placa patente FDWP-34, por calle República en la comuna de San Antonio y al llegar a la intersección con calle Maule perdió el control del vehículo impactando el portón del domicilio de propiedad de Humberto Carvajal CECTXWBVXG Manuel Jesus Vergara Esparta Juez oral en lo penal Fecha: 24/01/2022 13:11:42 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 Acuña, el cual se encuentra ubicado en calle República N° 1800, San Antonio y luego el vehículo que conducía el imputado se elevó impactando el vehículo marca Citroën modelo C3, placa patente BKVB-56, de propiedad de Víctor Manuel Espinoza Gómez, dándose a la fuga el imputado luego de la colisión. El automóvil que el imputado conducía era de propiedad de doña Ludovina del Carmen Alegría Zenteno, el cual había sido sustraído en horas de la mañana desde el domicilio de su propietaria ubicado en pasaje La

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 45, 48, 181, 296, 297, 340, 342, 346 y 347 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se ABSUELVE a de BRYAN ANTONIO BASCOURT ECHANIZ, ya individualizado, de la acusación formulada en su contra por el Ministerio Público, como supuesto autor de los delitos de receptación y de conducción de vehículo motorizado sin la licencia profesional debida, ambos en grado de consumados, supuestamente ocurridos el día 23 de diciembre de 2020, en la comuna de San Antonio. II.- Que, se exime del pago de costas al Ministerio Público, por cuanto el resultado del juicio se basó en un análisis de credibilidad de la prueba, y, por tanto, no se apreció un ejercicio desproporcionado ni arbitrario de la acción penal pública. Se deja constancia que, atendida la forma de desarrollo del juicio, no existen documentos u otros medios de prueba cuya devolución haya de decretarse en favor de los intervinientes. Ejecutoriada la presente sentencia, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Comuníquese y remítanse en su oportunidad los antecedentes necesarios al Juzgado de Garantía correspondiente, para la ejecución de lo resuelto. Sentencia redactada por el Juez don Manuel Vergara Esparta. RUC N°2001285814-1 RIT N° 317-2021 SENTENCIA PRONUNCIADA POR LA SALA DEL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SAN ANTONIO, PRESIDIDA POR EL MAGISTRADO DON EDGARDO CASTRO FUENTES E INTEGRADA ADEMÁS POR LO

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1 MINISTERIO PÚBLICO DE SAN ANTONIO CONTRA BASCOURT ECHANIZ DELITO: RECEPTACIÓN Y CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO SIN LICENCIA DEBIDA. RIT 317-2021 RUC 2001285814-1 San Antonio, veinticuatro de enero de dos mil veintidós. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que con fecha diecinueve de enero de dos mil veintidós, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal d

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