CAR S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO NORTE QUILICURA
Rol
I-245-2020
Fecha
17 de mayo de 2021
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que con los antecedentes acompañados por la reclamante se estima suficientemente fundadas sus pretensiones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código del Trabajo, se resuelve: Que se acoge el reclamo interpuesto por doña Silvia Hortensia Soto Rojas, en representación de la sociedad CAR S.A., R.U.T. N°83.187.800-2, ambos con domicilio en Avenida El Bosque Norte N°0123, oficina 604, Las Condes, en contra de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE LA FLORIDA, representada legalmente por doña Marcela González Cancino, ambos con domicilio en Walker Martínez N°368, comuna de La Florida, declarándose en consecuencia: I.- Que se deja sin efecto el Ordinario N°445/2020, de fecha 21 de septiembre de 2020 por el Inspector Comunal del Trabajo de La Florida, y por consiguiente, se declara que el recurso de reconsideración administrativa en contra de la resolución N°1793/20/5 de fecha 17 de febrero de 2020 de dicha inspección ha sido interpuesto dentro de plazo, debiendo la reclamada conocer del mismo. II.- Que conforme lo dispone el artículo 445 del Código del Trabajo y atendida la naturaleza de este procedimiento, no se condena en costas a la reclamada. Se advierte a las partes que sólo podrán reclamar de ésta resolución, ante este mismo Tribunal, dentro del plazo de diez días hábiles contados desde su notificación. Si no se presenta reclamo, o si éste es extemporáneo, se certificará dicho hecho, adquiriendo esta resolución el carácter de sentencia definitiva ejecutoriada para todos los efectos legales. Todo escrito y documento deberá ser ingresado por las partes por vía electrónica a través del sistema de tramitación electrónica del Poder Judicial. Notifíquese al reclamante por correo electrónico y a la reclamada personalmente de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 436 y 437 del Código del Trabajo a través del Centro de Notificaciones en el domicilio señalado en la demanda o en aquél que el ministro de fe constate fehacientemente en el curso d
Fallo
se resuelve: Que se acoge el reclamo interpuesto por doña Silvia Hortensia Soto Rojas, en representación de la sociedad CAR S.A., R.U.T. N°83.187.800-2, ambos con domicilio en Avenida El Bosque Norte N°0123, oficina 604, Las Condes, en contra de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE LA FLORIDA, representada legalmente por doña Marcela González Cancino, ambos con domicilio en Walker Martínez N°368, comuna de La Florida, declarándose en consecuencia: I.- Que se deja sin efecto el Ordinario N°445/2020, de fecha 21 de septiembre de 2020 por el Inspector Comunal del Trabajo de La Florida, y por consiguiente, se declara que el recurso de reconsideración administrativa en contra de la resolución N°1793/20/5 de fecha 17 de febrero de 2020 de dicha inspección ha sido interpuesto dentro de plazo, debiendo la reclamada conocer del mismo. II.- Que conforme lo dispone el artículo 445 del Código del Trabajo y atendida la naturaleza de este procedimiento, no se condena en costas a la reclamada. Se advierte a las partes que sólo podrán reclamar de ésta resolución, ante este mismo Tribunal, dentro del plazo de diez días hábiles contados desde su notificación. Si no se presenta reclamo, o si éste es extemporáneo, se certificará dicho hecho, adquiriendo esta resolución el carácter de sentencia definitiva ejecutoriada para todos los efectos legales. Todo escrito y documento deberá ser ingresado por las partes por vía electrónica a través del sistema de tramitación electrónica del Poder Judici
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Santiago, diecisiete de mayo de dos mil veintiuno. Resolución para efectos computacionales, se adjunta sentencia monitoria de fecha 15 de octubre de 2020. Vistos: Que con los antecedentes acompañados por la reclamante se estima suficientemente fundadas sus pretensiones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código del Trabajo, se resuelve: Que se acoge el reclamo interpuesto po
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