Juzgado de Garantía de Limache.

ALEX FUENTES MOYA C/ RAÚL MARCELO LAGOS LUAN

Rol

O-345-2020

Fecha

20 de enero de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El 16 de enero de 2019, a las 03:20 horas aproximadamente, RAÚL MARCELO LAGOS LUAN ingresó mediante el escalamiento del cierre perimetral, a la botillería de propiedad de Alex Fuentes Moya ubicada en Andrés Bello N° 406, local 4, Limache, mientras un sujeto no identificado lo esperaba a las afueras del lugar ejerciendo labores de vigilancia. Una vez en el interior, LAGOS LUAN sustrajo doce javas de cervezas y una java de bebidas, para finalmente huir del lugar junto con el sujeto desconocido y con las especies sustraídas en su poder. SENTENCIA En Limache, a veinte de enero de dos mil veintidós. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 12 n°16, 14 Nº1, 15 Nº1, 30, 442 n°1 y 449 del Código Penal; 406 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; y Ley 18.216, se declara: I. Que, se CONDENA al acusado RAÚL MARCELO LAGOS LUAN, cédula de identidad n°16.216.467-8, a la pena de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo y accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito consumado de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 n°1 del Código Penal, perpetrado en perjuicio de Alex Fuentes Moya, el día 16 de enero de 2019, en la comuna de Limache. II.- Que conforme al artículo 11 de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento la pena corporal por la de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, considerándose cuarenta horas de trabajo comunitario por cada treinta días de privación de libertad, no pudiendo extenderse por más de ocho horas diarias, quedando entonces sujeto a esta medida antes referida por el término total de trescientas noventa y nueve (399) horas. Infórmese por el delegado correspondiente de Gendarmería de Chile, dentro del plazo de treinta días siguientes a que este fallo quede ejecutoriado, el lugar en que el sentenciado deberá cumplir la prestación de los servicios, el tipo d

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°9, 12 n°16, 14 Nº1, 15 Nº1, 30, 442 n°1 y 449 del Código Penal; 406 y siguientes y 468 del Código Procesal Penal; y Ley 18.216, se declara: I. Que, se CONDENA al acusado RAÚL MARCELO LAGOS LUAN, cédula de identidad n°16.216.467-8, a la pena de trescientos días de presidio menor en su grado mínimo y accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito consumado de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 n°1 del Código Penal, perpetrado en perjuicio de Alex Fuentes Moya, el día 16 de enero de 2019, en la comuna de Limache. II.- Que conforme al artículo 11 de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento la pena corporal por la de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, considerándose cuarenta horas de trabajo comunitario por cada treinta días de privación de libertad, no pudiendo extenderse por más de ocho horas diarias, quedando entonces sujeto a esta medida antes referida por el término total de trescientas noventa y nueve (399) horas. Infórmese por el delegado correspondiente de Gendarmería de Chile, dentro del plazo de treinta días siguientes a que este fallo quede ejecutoriado, el lugar en que el sentenciado deberá cumplir la prestación de los servicios, el tipo de servicios y el calendario de ejecución. Hecho, notifíquese directamente a los intervinientes el plan recibido.

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO ABREVIADO HECHOS: El 16 de enero de 2019, a las 03:20 horas aproximadamente, RAÚL MARCELO LAGOS LUAN ingresó mediante el escalamiento del cierre perimetral, a la botillería de propiedad de Alex Fuentes Moya ubicada en Andrés Bello N° 406, local 4, Limache, mientras un sujeto no identificado lo esperaba a las afueras del lugar ejerciendo labores de vigilancia. Una vez en el interior,

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