Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Viña del Mar.

M.P. C/ SEBASTIÁN MATÍAS CORNEJO HERMOSILLA

Rol

O-155-2020

Fecha

20 de enero de 2022

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “En circunstancias que la víctima doña Carolina Millán Vargas, mantenía en venta su vehículo marca Mercedes Benz placa patente JR.CT.24, el día 13 de octubre de 2018 fue contactada por el imputado SEBASTIAN MATIAS CORNEJO HERMOSILLA, con quien convino la compraventa del vehículo, para lo cual se juntaron con fecha 18 de octubre de 2018 en la Notaria Gervasio de Viña del Mar, lugar donde celebraron un contrato de promesa de compraventa, dejando el imputado en custodia el vale vista N° 7482754 del Banco Estado por la suma de $33.000.000 de la misma fecha, correspondiente al precio de la compraventa, el cual sería entregado a la víctima una vez que el vehículo fuera inscrito a nombre del imputado. La víctima, sin embargo, con miras a obtener el pago del precio de venta, hizo entrega al imputado del vehículo materia de los contratos aludidos Al consultar el vale vista en el banco, éste informó que el mismo efectivamente existía pero había sido tomado por la suma de $30.000, encontrándose falsificado el documento entregado por el acusado a la Notaria. XMXXXVVBEL Maria Viviana Poblete Vera Juez oral en lo penal Fecha: 20/01/2022 15:05:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl - 2 - Luego de esto el imputado desapareció con el vehículo de la víctima, al que se llevó a la ciudad de Cauquenes lugar donde el acusado fue detenido por Carabineros con el vehículo en su poder”. Los hechos descritos, a juicio del Ministerio Público, configuran el delito de estafa, previsto en el artículo 468 y sancionado en el artículo 467

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes, Tribunal e intervinientes. Que entre el diez de enero en curso, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, presidida por la magistrado Mónica López Castillo e integrada por los jueces Fernán Rioseco Pinochet y Viviana Poblete Vera, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral RUC 1801194093-1, RIT 155-2020, seguido en contra de Sebastián Matías Cornejo Hermosilla, nacido en Providencia, cédula nacional de identidad Nº 16.924.013-2, sin apodo, nacido en esta ciudad el 11 de junio de 1988, de 33 años de edad, barbero, soltero, con domicilio en Avenida la Marina Nº1365, Población Esmeralda, Talcahuano. Sostuvo la acusación fiscal el Ministerio Público, representado por su Fiscal adjunto Pablo Bravo Soto, en tanto que la defensa del acusado Herrera Núñez fue asumida por el Defensor Penal Privado Juan Sandoval Toledo, todos con domicilio y forma de notificación registrados en la causa. SEGUNDO: Acusación. Que los hechos materia de la acusación fiscal, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes: “En circunstancias que la víctima doña Carolina Millán Vargas, mantenía en venta su vehículo marca Mercedes Benz placa patente JR.CT.24, el día 13 de octubre de 2018 fue contactada por el imputado SEBASTIAN MATIAS CORNEJO HERMOSILLA, con quien convino la compraventa del vehículo, para lo cual se juntaron con fecha 18 de octubre de 2018 en la Notaria Gervasio de Viña del Mar, lugar donde celebraron un contrato de promesa de compraventa, dejando el imputado en custodia el vale vista N° 7482754 del Banco Estado por la suma de $33.000.000 de la misma fecha, correspondiente al precio de la compraventa, el cual sería entregado a la víctima una vez que el vehículo fuera inscrito a nombre del imputado. La víctima, sin embargo, con miras a obtener el pago del precio de venta, hizo entrega al imputado del vehículo materia de los contratos aludidos Al consultar el vale vista en el banco, éste informó que el mismo efectivamente existía pero había sido tomado por la suma de $30.000, encontrándose falsificado el documento entregado por el acusado a la Notaria. XMXXXVVBEL Maria Viviana Poblete Vera Juez oral en lo penal Fecha: 20/01/2022 15:05:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl - 2 - Luego de esto el imputado desapareció con el vehículo de la víctima, al que se llevó a la ciudad de Cauquenes lugar donde el acusado fue detenido por Carabineros con el vehículo en su poder”. Los hechos descritos, a juicio del Ministerio Público, configuran el delito de estafa, previsto en el artículo 468 y sancionado en el artículo 467 inciso fi

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 24, 25, 26, 30, 49, 50, 68, 69, 70, 467 Nº1 y 467 inciso final y 468 del Código Penal; 1, 45, 47, 295, 296, 297, 329, 332, 333, 342, 344, 346 y 348 del Código Procesal Penal; se declara que: I.- Se condena, sin costas, al acusado Sebastián Matías Cornejo Hermosilla, cédula de identidad Nº16.924.013-2, ya individualizado, como autor del delito de estafa en perjuicio de María Carolina Millán Vargas, cometido en esta ciudad el 18 de octubre de 2018, en grado de frustrado, a la pena de tres años de presidio menor en su grado medio y multa de treinta (30) unidades tributarias mensuales. Se autoriza el pago de la multa hasta en 15 cuotas mensuales, iguales y sucesivas. En el evento que el sentenciado no pagare la pena de multa XMXXXVVBEL Maria Viviana Poblete Vera Juez oral en lo penal Fecha: 20/01/2022 15:05:41 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl - 25 - impuesta, sufrirá por vía de sustitución, aquella que determine el juez de ejecución. II.- Se le impone, además, la accesoria de suspensión de cargo u oficio público dur

Texto Completo (Preview)

- 1 - DELITO : Estafa – uso malicioso instrumento privado mercantil RUC N° : 1801194093-1 ROL INTERNO : 155-2020 ACUSADO : Sebastián Matías Cornejo Hermosilla FISCAL : Pablo Bravo Soto DEFENSOR PENAL PRIVADO: Juan Sandoval Toledo ____________________________________________________/ Viña del Mar, veinte de enero de dos mil veintidós VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes, Tribunal e int

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