Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapo.

MP C/ CLAUDIO ISRAEL ADONES ZEPEDA

Rol

O-54-2020

Fecha

20 de enero de 2022

Materia

PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos descritos son constitutivos de los siguientes delitos cometidos por el acusado Claudio Adones Zepeda: Porte ilegal de arma de fuego, figura legal del artículo 9 en relación al artículo 2 letras b) 4 y 5 de la Ley 17.798. A juicio de esta Fiscalía, se atribuye participación en calidad de autor directo o ejecutor conforme el artículo 15 N° 1 del Código Penal, respecto del delito de porte ilegal de arma de fuego, ilícito que se encuentra en grado de desarrollo de consumado. A juicio de esta Fiscalía, respecto del acusado CLAUDIO ADONES ZEPEDA, no concurren circunstancias modificatorias. Respecto del delito de Porte ilegal de arma de fuego, se solicita se le condene a la pena de 05 años de presidio menor en su grado máximo de conformidad a lo dispuesto en artículo 9 en relación a los artículo 4 y 5 de la Ley 17.798, accesorias legales y costas. TERCERO: Que, el señor Fiscal en su alegato de apertura señala acreditar más allá de toda duda razonable la existencia de un hecho ilícito, en este caso un porte, posesión o tenencia de arma de fuego, que se le atribuye participación al señor Claudio Adones. Para ello presentará medios de prueba consistente en testigos presenciales de estos hechos y de oídas. También depondrá perito que dará cuenta que se utilizó en este acto fue un arma de fuego. Rendirá fotografías que ilustran el sitio del suceso como también las consecuencias jurídicas del acto del imputado. Que en el desarrollo de la audiencia de juicio no quedará duda, debe dictarse veredicto condenatorio respecto del delito de esta acusación. TGVXXVDHRK Lorena Fresia Rojo Venegas Juez oral en lo penal Fecha: 20/01/2022 14:10:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante esta Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, integrada por los jueces titulares don Eugenio Bastías Sepúlveda, como presidente y por doña Lorena Rojo Venegas, como redactor, y por la juez subrogante doña Ingrid Cortés Zepeda, con fecha once, doce, trece y catorce de enero del presente año, se llevó a efecto en modalidad presencial y virtual la audiencia relativa al segundo juicio oral de la causa Rol Interno del Tribunal (Rit) 54-2020, seguida en contra del señor Claudio Israel Adones Zepeda, cédula nacional de identidad Nº 20.228.601-1, nacido el 28 de junio de 1999, ciudadano chileno, natural de Chañaral, soltero, estudiante, con domicilio en calle Padre Alberto Hurtado N° 635, Chañaral; representado por la Defensora Penal Privada señora Elizabeth Macarena Poblete Astudillo con domicilio y forma de notificación ya registrado en este Tribunal. El Ministerio Público estuvo representado por el Fiscal Adjunto señor Marco Antonio Arenas Zeballos, con domicilio y forma de notificación ya registrado en este Tribunal. SEGUNDO: Que, el señor representante del Ministerio Público de esta ciudad en su oportunidad dedujo acusación –en lo pertinente- en contra del acusado, ya individualizado, fundado en el siguiente hecho: “El día 07 de diciembre de 2019, aproximadamente a las 03:00 horas de la madrugada, en las inmediaciones de la discoteque Octopus de Chañaral, el acusado CLAUDIO ADONES ZEPEDA, en compañía del imputado adolescente MOISES ANTONIO ARQUEROS CASTRO, sostuvieron una violenta discusión con la víctima Bastián Jemio Vásquez, quien momentos antes defendió a un amigo suyo de la agresión de los imputados. Posteriormente, siendo las 04.30 horas, los imputados CLAUDIO ADONES ZEPEDA, y MOISES ANTONIO ARQUEROS CASTRO, previo concierto, portaron y trasladaron un arma de fuego de fabricación artesanal a bordo del automóvil marca Nissan modelo V-16, placa patente UE-5813, conducido por Claudio Adones, hasta el frontis del domicilio ubicado en calle Moroni N° 444, comuna de Chañaral, domicilio perteneciente a Bastián Jemio, quien en esos momentos se encontraba en el patio de su TGVXXVDHRK Lorena Fresia Rojo Venegas Juez oral en lo penal Fecha: 20/01/2022 14:10:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl inmueble en compañía de un grupo de amigos y familiares participando de una reunión social. Una vez en el lugar, el imputado Moisés Arqueros, permaneció en el automóvil a fin de prestar cooperación en lo que fuere necesario a fin de asegurar el resultado de la actividad criminal, en tanto el acusado Claudio Adones, descendió del vehículo prem

Fallo

por tanto, cuando se dispara, se ve de frente obviamente como es de línea recta se ve un solo tubo, es la explicación lógica, además, es un hecho indesmentible que si en la puerta se causaron daños por perdigones que sí en las piernas se causaron lesiones por perdigones y que estos perdigones todavía se encuentran alojados en los huesos y en las partes musculares de la víctima, es indesmentible que se tuvo que causar necesariamente dichos daños, dichas lesiones que ya están castigadas por un arma de fuego, que se descartó por parte de los peritos que un cartucho de escopeta se haya podido disparar por las manos a manos desnudas o que se haya podido disparar por un instrumento distinto como podría ser un arma de aire comprimido, por tanto, necesariamente el imputado debió trasladar, poseer y tener un arma de fuego para cometer dichos ilícitos. Solicita se castigue por dicho delito. TGVXXVDHRK Lorena Fresia Rojo Venegas Juez oral en lo penal Fecha: 20/01/2022 14:10:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Que en sus palabras finales la Defensa tal como lo había adelantado solicita la absolución por falta de particip

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RESUMEN RIT : 54/2020. RUC : 1901325359-8. MATERIA : Porte de arma de fuego prohibida. IMPUTADO : Claudio Israel Adones Zepeda. FISCAL : Marco Antonio Arenas Zeballos. DEFENSOR : Elizabeth Macarena Poblete Astudillo. RESOLUCIÓN : Sentencia Definitiva Condenatoria Copiapó, a veinte de enero de dos mil veintidós. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante esta Primera Sala del Tribunal de

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