SERVICIOS E INVERSIONES FASTCO S.P.A./DT
Rol
I-122-2021
Fecha
14 de mayo de 2021
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos investigados se deben al mismo periodo, marzo 2020, por el no pago del bono de producción, contra el mismo sujeto pasivo, Servicios e Inversiones Fastco SpA, y en base al mismo fundamento, cual es, el supuesto incumplimiento contractual. Solicita en definitiva dejar sin efecto la multa que se reclama. SEGUNDO: Que la reclamada, evacuando el traslado que le fuera conferido, solicita el rechazo de la demanda de autos, con expresa condenación en costas. Indica, en resumen que la presente fiscalización se inició por denuncia efectuada por la trabajadora Ruiz Retamal, que los hechos constatados por el fiscalizador gozan de presunción legal de veracidad incluso para la prueba judicial, que no se ha infraccionado dos veces por el mismo hecho sino que se trata de infracciones diferentes y que son se ha incurrido en error de hecho alguno por parte del fiscalizador. Así las cosas, estima que la multa se encuentra ajustada a derecho, solicitando al tribunal la mantención de la misma. TERCERO: Que con fecha 12 de mayo de 2021, tuvo lugar la audiencia única, en la que se fijaron los siguientes hechos a probar: 1. Efectividad de que se había sancionado previamente a la empresa reclamante por los mismos hechos que contiene la multa que se reclama. 2. Circunstancias que derivaron en la no modificación del contrato de trabajo y el no pago del bono respectivo a la trabajadora Ruiz Retamal. CUARTO: Que, en la misma audiencia, para acreditar sus alegaciones la reclamante rindió los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Copia Resolución de multa administrativa N° 8681/21/4 de fecha 25 de febrero de 2021, con su respectivo sobre. 2. Liquidaciones de sueldo abril 2020 a julio 2020 de Susana Ruiz Retamal. 3. Anexo de Contrato de Trabajo de fecha 01 de abril de 2018, suscrito entre doña Susana Ruiz Retamal y Servicios e Inversiones Fastco SpA. 4. Licencias médicas de Susana Ruiz Retamal correspondientes a los meses de marzo 2020 a julio 2020. 5. Sentencia de fecha 05
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Tomás Antonio Aylwin Arregui, abogado, cédula nacional de identidad N° 16.099.830- K, en representación según se acreditará, de Servicios e Inversiones Fastco SpA (en adelante "Fastco"), sociedad comercial del giro de cobranzas, rol único tributario N° 76.040.181-1, ambos domiciliados para estos efectos en Eleodoro Yáñez 2839, dpto. 807, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana, quien interpone demanda en procedimiento monitorio en contra de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO PROVIDENCIA, representada por su inspector comunal Juan Alveal Arriagada, ambos domiciliados en Providencia 1275, Providencia, Santiago. La resolución que se viene reclamando es la Multa N° 8681/21/4 de fecha 25 de febrero de 2021, que sancionó a su representada al pago de la cantidad de 30 UTM, a fin de que S.S. la deje sin efecto, con costas. La multa cursada es del siguiente tenor: " - no consignar por escrito en el contrato de trabajo o en documento anexo la modificación de la estipulación referida a la labor o función, particularmente el cambio de plataforma "BBVA" hacia la plataforma "SCOTIABANK". Dicho cambio va aparejado de la pérdida del bono de producción respecto de la trabajadora Susana Ruiz Retamal", incurriendo en infracción al artículo 11 y sancionado acorde a lo establecido por el artículo 506, ambos artículos del Código del Trabajo". Indica que entre su representada y la Inspección Comunal del Trabajo de Providencia ya se llevó a cabo anteriormente un procedimiento de reclamación de multa administrativa en causa RIT I-195-2020 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En consecuencia, en dicha causa su representada interpuso reclamación judicial en contra de la resolución de multa administrativa N°1528/20/19 de fecha 30 de abril de 2020, la cual tenía su fundamento en una supuesta infracción al no haber pagado el bono de producción respecto a la trabajadora Susana Ruiz Retamal en el mes de marzo. Así las cosas, mediante resolución de fecha 05 de enero de 2021, se acogió el reclamo judicial interpuesto por su representada, dejándose sin efecto la multa cursada y condenándose en costas a la Inspección Comunal del Trabajo de Providencia. Habido lo anterior, que ya han sido multados por lo mismo en otro juicio anterior, y que el mismo, no sólo ha sido ganado por esa parte por haberse interpuesto mal la multa en cuestión, sino que el mismo aún se encuentra pendiente de que quede firme y ejecutoriado, no es posible que la Inspección del Trabajo, fiscalice nuevamente por el mismo periodo, y adicione nuevas multas por las mismas conductas, máxime cuando el juicio en cuestión no ha sido terminado. Ahora bien, y no quedando conforme con lo resuelto por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, con fecha 26 de enero de 2021, la Inspección Comunal del Trabajo de Providencia realizó una nueva fiscalización a su representada, procedimiento que se llevó a cabo por una modalidad remota, es decir, me
Fallo
SE DECLARA: Que SE RECHAZA en todas sus partes la reclamación de autos interpuesta por SERVICIOS E INVERSIONES FASTCO SPA. en contra de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO PROVIDENCIA y en consecuencia se mantiene la multa a que se refiere la Resolución N° 8681/21/4 de fecha 25 de febrero de 2021, sin costas por haberse litigado con motivo plausible. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT : I-122-2021 RUC : 21- 4-0328887-7 Pronunciada por don GONZALO FIGUEROA EDWARDS, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a catorce de mayo de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, catorce de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Tomás Antonio Aylwin Arregui, abogado, cédula nacional de identidad N° 16.099.830- K, en representación según se acreditará, de Servicios e Inversiones Fastco SpA (en adelante "Fastco"), sociedad comercial del giro de cobranzas, rol ú
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