Juzgado de Familia Quillota

ANONIMIZADO

Rol

V-161-2022

Fecha

11 de agosto de 2022

Materia

AUTORIZACIONES

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los

Fundamentos

fundamentos de la solicitud, la edad del niño, teniendo especialmente en consideración que no existe un régimen de relación directa y regular establecido judicialmente entre éste y su progenitor, considerando además que según liquidación de pensiones adeudadas, el progenitor adeuda la suma de $8.624.147 y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Nº 16.618, 19 de la ley 14.908 y artículo 102 de la Ley Nº 19.968,

Fallo

se declara: a) Que ha lugar a lo solicitado por doña Abril y en consecuencia, se autoriza la salida del...

Texto Completo (Preview)

Quillota, a once de agosto de dos mil veintidós.- En mérito a lo solicitado y reuniéndose los presupuestos para dictar sentencia y VISTO: Atendido el mérito de los fundamentos de la solicitud, la edad del niño, teniendo especialmente en consideración que no existe un régimen de relación directa y regular establecido judicialmente entre éste y su progenitor, considerando además que según liquidació

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica