PINTO/AGICOLA ANUNAKIS SPA
Rol
O-24-2021
Fecha
14 de mayo de 2021
Materia
Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
Visto lo dispuesto en el artículo 7, 9, 183 letra a) y siguientes del Código del Trabajo, y demás normas pertinentes, principalmente el 459 inciso 2°, se resuelve: I.- Que se accede a la demanda interpuesta por doña ERIKA MARIÓN PINTO LIZAMA, en contra de la SOCIEDAD AGRÍCOLA ANUNAKIS SPA., representada legalmente por don Karim Abdel Shela Selme, y en contra del LIBERTADOR S.A., representada legalmente por don Sergio Ureta Ovalle, todas ya individualizados en la presente audiencia, por considerar este Tribunal y tener por acreditada la existencia de la relación laboral entre la demandante y la demandada principal, esto es, desde el 19 de junio hasta el 19 de agosto del año 2020. II.- Que se accede a la demanda en contra de las dos demandadas, en base a la subcontratación que existe entre ellas, conforme al artículo 183 a) y siguientes del Código del Trabajo, declarando que dichas demandadas deberán responder por la prestación solicitada como solidariamente responsables. III.- Que en consecuencia se condena a las demandadas al pago de $ 2.400.000.-, por conceptos de remuneración de los meses trabajados. IV.- Que dichas sumas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses de conformidad al artículo 163 y 173 del Código del Trabajo. V.- Que las demandadas deberán pagar las costas de la causa, toda vez que han resultado totalmente vencidas en el presente juicio. Notifíquese y en su oportunidad, archívese. Dirigió la audiencia y resolvió doña SANDRA CAROLINA HERRERA MENARES, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Rengo. jl1_rengo@pjud.cl Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes. Rengo, 14 de mayo de 2021.
Fallo
se resuelve: I.- Que se accede a la demanda interpuesta por doña ERIKA MARIÓN PINTO LIZAMA, en contra de la SOCIEDAD AGRÍCOLA ANUNAKIS SPA., representada legalmente por don Karim Abdel Shela Selme, y en contra del LIBERTADOR S.A., representada legalmente por don Sergio Ureta Ovalle, todas ya individualizados en la presente audiencia, por considerar este Tribunal y tener por acreditada la existencia de la relación laboral entre la demandante y la demandada principal, esto es, desde el 19 de junio hasta el 19 de agosto del año 2020. II.- Que se accede a la demanda en contra de las dos demandadas, en base a la subcontratación que existe entre ellas, conforme al artículo 183 a) y siguientes del Código del Trabajo, declarando que dichas demandadas deberán responder por la prestación solicitada como solidariamente responsables. III.- Que en consecuencia se condena a las demandadas al pago de $ 2.400.000.-, por conceptos de remuneración de los meses trabajados. IV.- Que dichas sumas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses de conformidad al artículo 163 y 173 del Código del Trabajo. V.- Que las demandadas deberán pagar las costas de la causa, toda vez que han resultado totalmente vencidas en el presente juicio. Notifíquese y en su oportunidad, archívese. Dirigió la audiencia y resolvió doña SANDRA CAROLINA HERRERA MENARES, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Rengo. jl1_rengo@pjud.cl Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuen
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 14 de mayo de 2021 TRIBUNAL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE RENGO RUC 21-4-0324560-4 RIT O-24-2021 MATERIA Cobro de prestaciones laborales MAGISTRADO DOÑA SANDRA CAROLINA HERRERA MENARES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cristian A. Silva San Martín HORA DE INICIO 09:48 horas HORA DE TERMINO 10:09 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2140324
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