Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique.

FISCALIA IQUIQUE C/ MAURICIO JESÚS MATURANA PIZARRO

Rol

O-124-2021

Fecha

18 de enero de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OÍDOS LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL: PRIMERO: Con fecha trece de enero en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, integrado por los jueces Sr. Juan Pozo Araya, en calidad de presidente, Sra. Loreto Jara Peña y don Rodrigo Vega Azócar, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral relativa a los autos Rit Nº 124-2021, seguidos por el Ministerio Público representado por el Fiscal Sr. Guillermo Arriaza Valenzuela, en contra de MAURICIO JESÚS MATURANA PIZARRO, chileno, cédula nacional de identidad N°17.432.087-K, nacido en Iquique, el 18 de abril de 1990, 31 años, soltero, 6° año de enseñanza básica rendido, recolector de huiros, domiciliado en Rahue Alto N° 1988 (esquina Clodomiro de La Cruz), Osorno, representado por el abogado Defensor Penal Público Sr. Eduardo Cabrera Blest. SEGUNDO: El Ministerio Público fundó su acusación, según se lee textualmente en el auto de apertura del presente juicio oral, en los siguientes hechos: “EL DIA 26 DE FEBRERO DEL 2020 EN HORAS DE LA TARDE, APROXIMADAMENTE A LAS 16.31 HORAS, EN CIRCUNSTANCIAS QUE PERSONAL DE OS7 DE CARABINEROS EFECTUABA UN PATRULLAJE POR EL SECTOR DE LA VILLA OHIGGINS DE ESTA CIUDAD Y APOYADOS POR LA CENTRAL DE CAMARAS DE LA MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE, SE PERCATARON QUE EN CALLE TOMAS BONILLA CON PASAJE ESPAÑA DE ESTA CIUDAD UN SUJETO DE DETERMINADAS CARACTERISTICAS FISICAS Y DE VESTIMENTA, REALIZABA MOVIMIENTOS ATRIBUIBLES A LA VENTA DE DROGAS CON TERCEROS QUE LUEGO SE RETIRABAN DEL LUGAR, POR LO QUE SE TRASLADARON HASTA EL SITIO ENCONTRANDO AL ACUSADO MAURICIO JESUS MATURANA PIZARRO QUIEN REUNIA LAS CARATERISTICAS FISICAS Y DE VESTIMENTA APRECIADOS PREVIAMENTE, Y QUIEN AL SER FISCALIZADO, MANTENIA EN SU PODER Y CON EL FIN DE TRAFICAR, 16 ENVOLTORIOS DE PAPEL REVISTA CONTENEDORES DE UNA SUSTANCIA QUE RESULTO SER COCAINA CON UN PÉSO DE 7,3 GRAMOS APROXIMADAMENTE Y LA SUMA DE $6330 EN DINERO EN EFECTIVO”.- XXMMXXPZLN Rodrigo Emiliano Vega Azócar Juez oral en lo penal Fecha: 18/01/2022 12:58

Fundamentos

considerando que en la especie no se ha logrado acreditar la venta de droga que se atribuye a su representado, añadiendo que en la especie podríamos estar frente a una falta de consumo, especialmente porque todo el procedimiento de fundó en las imágenes que el efectivo Portiño observó a través de las cámaras, las que resultan absolutamente interpretables, sobre todo porque no se puede apreciar en ellas el intercambio de papelillos por dinero, sin que se justificara quién habría sido el supuesto adquirente de la sustancia. Adiciona que la subjetividad del efectivo policial obliga al tribunal a unir los indicios para llegar a una conclusión, pero el propio uniformado explicó que el procedimiento de verificó en un lugar de común consumo y venta de drogas, todo lo que nos lleva a la concurrencia de una duda razonable. CUARTO: Habiéndose advertido al acusado Mauricio Maturana Pizarro sobre su derecho a guardar silencio, renunció al mismo y expuso que al regresar de su trabajo, donde le habían pagado la suma de $150.000, salió desde su casa a la calle, adquiriendo 17 papelillos con droga a un sujeto que comercializaba en el mismo pasaje España, encontrándose con un amigo que también tenía su propio estupefaciente, con el que conversó un rato en la esquina, luego de lo cual enfiló hacia José Miguel Carrera, instante en que llegó la policía y le descubrió con la sustancia que era para su consumo, detallando que se la fumaría en no más de 2 horas, considerando que desde los 15 años es adicto. Al Fiscal responde que la droga la mantenía en el cuerpo, pero al llegar la policía la tiró al suelo, precisando que también portaba algo de dinero para adquirir cigarros. XXMMXXPZLN Rodrigo Emiliano Vega Azócar Juez oral en lo penal Fecha: 18/01/2022 12:58:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 3 Le exhibe un video de la Central de Cámaras Municipales, en el cual se aprecia a dos sujetos uno de ellos, con un gorro negro y camisa celeste cuyo nombre es Alejandro Bastián, que saca desde sus vestimentas una bolsa amarilla con envoltorios blancos en su interior y luego le entrega algo al interlocutor que a cambio también le pasa un aparato celular, realizando un intercambio de manos, precisando que no es él quien aparece en las imágenes. Luego el mismo individuo de gorro, entrega un papelillo a un individuo de polera negra. El instante en que llegan los policías y detienen al individuo de gorro negro, que no era él. Agrega que luego de su detención, le tomaron unas fotografías, y se le exhibe una imagen, en la que se aprecia un hombre al que no se ve el rostro, vestido con short polera y camisa, precis

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 26, 30, 49, 50, 68, 70 del Código Penal; artículos 1, 45, 47, 295, 296, 297, 325 y siguientes, 340, 341 y 348 del Código Procesal Penal; artículos 1, 4 y 45 de la ley 20.000, artículo 8 de la ley 18.216, SE DECLARA: XXMMXXPZLN Rodrigo Emiliano Vega Azócar Juez oral en lo penal Fecha: 18/01/2022 12:58:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 12 I.- Que SE CONDENA a MAURICIO JESÚS MATURANA PIZARRO, ya individualizado, como AUTOR de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto en el artículo 4 y sancionado en el artículo 1 de la Ley N° 20.000, sorprendido en esta jurisdicción el 26 de febrero de 2020, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, MULTA a beneficio fiscal ascendente a UNA Unidad Tributaria Mensual, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y al comiso de la suma de $6.330 de que da cuenta el documento referido en el N° 9 del basamento quinto, eximiéndole del pago de las costas de la causa. II

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1 C/ MAURICIO JESÚS MATURANA PIZARRO TRAFICO ILíCITO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE ESTUPEFACIENTES ROL INTERNO: Nº 124-2021 IQUIQUE, dieciocho de enero del año dos mil veintidós. VISTO Y OÍDOS LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL: PRIMERO: Con fecha trece de enero en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, integrado por los jueces Sr. Juan Pozo Araya, en calidad de presidente, Sra. Loreto J

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