Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción.

MP C/ GERARDO ANTONIO RIQUELME RIQUELME

Rol

O-205-2021

Fecha

17 de enero de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día 11 de enero de 2022, ante el juez Jaime Rodrigo Véjar Carvajal, quien presidió y ante las juezas Paula Susana Cruces López y Nancy Loreto Vargas Bustamante, se llevó a efecto la audiencia de Juicio Oral en la causa R.U.C. N° 2010066509-4, R.I.T. N° 205-2021, seguida en contra del imputado GERARDO ANTONIO RIQUELME RIQUELME, cédula de identidad N° 15590246-9, nacido el 15 de abril de 1983, 38 años, tercero medio, soltero, electricista, domiciliado en Pasaje 62, casa 1161, San Pedro de la Costa, San Pedro de la Paz. Fue parte acusadora el Ministerio Público, representado por el Fiscal Octavio Stuardo Mellado, domiciliado en Avda. San Juan Bosco n° 2020 de Concepción; en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal público Rubén Cruces Pereira. SEGUNDO: Que los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, contenida en el auto de apertura del juicio oral proveniente del Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz, son los siguientes: “El día 17 de diciembre de 2020, a las 11:55 horas aproximadamente, en calle 2ª Longitudinal esquina pasaje 13, sector Boca Sur, comuna de San Pedro de la paz, el imputado GERARDO ANTONIO RIQUELME RIQUELME, agredió a su ex conviviente doña Catalina Stephanie Carrasco López, con quien tiene 3 hijos en común, a quien agredió con un arma blanca tipo cuchillo en diferentes partes del cuerpo, para luego huir del lugar. A raíz de la agresión, doña Catalina Carrasco resultó con lesiones clínicamente menos graves, consistentes en herida corto contusa y poli contusiones.” (sic) TERCERO: Que los hechos indicados en el motivo precedente, a juicio del Ministerio Público, configuran el delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en los artículos 399 y 400 del Código Penal en relación al artículo 5° de la Ley 20.066, en el que se atribuye al acusado participación de autor, en los términos de los artículos 7 y 15 del código recién citado. Señala además el acusador que perjudica al encartado la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal prevista en el artículo 12 número 18 del Código Penal y termina solicitando se le imponga la pena de tres años de presidio menor en su grado medio y las penas accesorias legales, la especial del artículo 9 letras b) de la Ley 20.066 por el plazo de un año y las costas de la causa. CUARTO: Que en sus alegatos la defensa solicitó la absolución del acusado, señalando que no tiene ninguna responsabilidad en los hechos que habrían ocurrido el 17 de diciembre de 2020, acusación donde se le imputa haber ocasionado lesiones a doña Catalina. Ella sufre de una adicción severa al alcohol y drogas, lo que la ha llevado a vivir en la calle. Por esta adicción el convivir con ella se vuelve prácticamente imposible, al punto que ni sus padres pueden hacerlo. Probar un hecho negativo resulta casi imposible, por ello el Ministerio Público JGLQXXTLTC Nancy Loreto Vargas Bustamante J

Fallo

Por tanto, ni la participación del acusado ni las lesiones menos graves se han acreditado más allá de toda duda razonable. QUINTO: Que los intervinientes no acordaron convenciones probatorias. SEXTO: Que, con la finalidad de acreditar los fundamentos fácticos de su acusación, la fiscalía rindió en el juicio la prueba siguiente. I.- Testimonial: a) Declaraciones de JERSON ALBERTO BELTRÁN SANTA MARÍA, quien indicó que es oficial de Carabineros; el 17 de noviembre de 2021, como a las 12 horas reciben un comunicado de la sexta comisaria de San Pedro, en que le indicaban a él y a su acompañante Aldo Muñoz, que se trasladaran hasta calle 2° longitudinal, pasaje 13, debido a que se estaba gestando un acto de violencia intrafamiliar consistente en agresión con arma blanca; van al lugar, realizan un recorrido con la patrulla, terceros le indican que la víctima se había retirado, la habían llevado al Sar de Boca Sur; fueron allí, se entrevistan con Catalina Estefanía Carrasco López, quien señaló que fue víctima de agresión de parte de su ex conviviente, Gerardo Riquelme Riquelme, momentos antes de la llegada del personal policial, ella estaba con una amiga en la intersección de pasaje 13 con 2° Longitudinal consumiendo alcohol, se acerca su ex pareja, el acusado, consultándole si ella había estado con otro hombre, procediendo a agredirla con golpes de puño y a la vez con un arma blanca, de la que no señala mayores detalles, causándole una herida contundente en su cabeza, de carácter

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1 PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL CONCEPCION Concepción, diecisiete de enero de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el día 11 de enero de 2022, ante el juez Jaime Rodrigo Véjar Carvajal, quien presidió y ante las juezas Paula Susana Cruces López y Nancy Loreto Vargas Bustamante, se llevó a efecto la audiencia de Juicio Oral en la causa R.U.C. N° 2010066509-4,

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