TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL PUENTE ALTO

C/ CLAUDIO BASILIO ROJAS SEIGNOUREL

Rol

O-175-2021

Fecha

17 de enero de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos fundantes de la acusación fiscal fueron del siguiente tenor: “El día 23 de febrero del año 2021, en horas de la mañana, alrededor de las 10:35 horas, es que el imputado CLAUDIO BASILIO ROJAS SEIGNOUREL había ingresado sustancias Ilícitas al interior del centro de detención preventiva de Puente Alto (CDP PUENTE ALTO) ubicado en José Manuel Irarrázaval 0991 comuna de Puente Alto, para el consumo de terceras personas al interior de dicho recinto penal. De esta manera es que dicho imputado mantenía al interior de dicho recinto penal la cantidad de 63,9 gramos de cannabis sativa marihuana, 18,2 gramos de cocaína clorhidrato, 4,8 QVCSXXGPBD PAMELA MACARENA WULF LEAL Juez oral en lo penal Fecha: 17/01/2022 15:45:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 de 24 gramos de Ketamina, y 4,3 gramos de Clonazepam, todo lo anterior sin contar con autorización competente” (sic). A juicio del Ministerio Público, los eventos antes descritos son constitutivos del delito consumado de microtráfico, previsto en el artículo 4° de la Ley N° 20.000, atribuyéndole al acusado una participación en calidad de autor, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agrega el ente persecutor que concurre respecto del acusado la circunstancia calificante de determinación de pena prevista en el artículo 19 letra H de la ley 20.000. En cuanto a su pretensión punitiva, el Ministerio Público solicita se condene al acusado a la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, multa de 10 UTM, accesorias establecidas en el artículo 29 del Código Penal, comiso de las especies del delito, al pago de las costas de la

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día 11 de enero de 2022, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, constituida por las magistrados doña Andrea González Araya, en su calidad de juez presidenta de sala, don Juan Pablo Villavicencio Theoduloz, como juez integrante, y doña Pamela Wulf Leal, como juez redactora, se llevó a efecto el Juicio Oral en causa RUC 2100178820-2, RIT 175-2021, seguido en contra del acusado don CLAUDIO BASILIO ROJAS SEIGNOUREL, Cedula Nacional de Identidad N° 10.572.806-9, nacido el 26 de noviembre de 1965, 57 años, divorciado, ayudante de cocina, domiciliado en Pasaje Cantin Valenzuela Nº 636, Villa Los Copihues, comuna de Lo Prado. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el fiscal Javier Carreño Lavín y la defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal público Gustavo Vásquez, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación del Ministerio Público. Que los hechos fundantes de la acusación fiscal fueron del siguiente tenor: “El día 23 de febrero del año 2021, en horas de la mañana, alrededor de las 10:35 horas, es que el imputado CLAUDIO BASILIO ROJAS SEIGNOUREL había ingresado sustancias Ilícitas al interior del centro de detención preventiva de Puente Alto (CDP PUENTE ALTO) ubicado en José Manuel Irarrázaval 0991 comuna de Puente Alto, para el consumo de terceras personas al interior de dicho recinto penal. De esta manera es que dicho imputado mantenía al interior de dicho recinto penal la cantidad de 63,9 gramos de cannabis sativa marihuana, 18,2 gramos de cocaína clorhidrato, 4,8 QVCSXXGPBD PAMELA MACARENA WULF LEAL Juez oral en lo penal Fecha: 17/01/2022 15:45:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2 de 24 gramos de Ketamina, y 4,3 gramos de Clonazepam, todo lo anterior sin contar con autorización competente” (sic). A juicio del Ministerio Público, los eventos antes descritos son constitutivos del delito consumado de microtráfico, previsto en el artículo 4° de la Ley N° 20.000, atribuyéndole al acusado una participación en calidad de autor, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del Código Penal. Agrega el ente persecutor que concurre respecto del acusado la circunstancia calificante de determinación de pena prevista en el artículo 19 letra H de la ley 20.000. En cuanto a su pretensión punitiva, el Ministerio Público solicita se condene al acusado a la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, multa de 10 UTM, accesorias establecidas en el artículo 29 del Código Penal, comiso de las especies del delito, al pago d

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1 del Código Penal; y artículos 1, 4, 8, 48, 295, 297 y siguientes, 325 y siguientes, 340 y 347 del Código Procesal Penal, artículos 1, 4, 45 y 46 de la Ley 20.000, y Ley N° 18.556, SE RESUELVE que: I.- Que se ABSUELVE a CLAUDIO BASILIO ROJAS SEIGNOUREL, de la acusación deducida en su contra, en que es sindicado como autor del delito consumado de microtráfico, previsto y sancionado en el artículo 4°, en relación al artículo 1° de la Ley N°20.000, que habría acaecido el día 23 de febrero de 2021, en la comuna de Puente Alto, de esta ciudad. II.- Que, no se condena al Ministerio Público al pago de las costas de la causa. III.- Que se ordena comunicar al Servicio Electoral la presente sentencia, en atención al tenor del artículo 17 de la Ley 18.556. Una vez ejecutoriado el presente fallo remítase la sentencia al Juzgado de Garantía de Puente Alto. Redacción de la magistrada doña Pamela Wulf Leal RUC 2100178820-2 RIT 175-2021 QVCSXXGPBD PAMELA MACARENA WULF LEAL Juez oral en lo penal Fecha: 17/01/2022 15:45:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficia

Texto Completo (Preview)

1 de 24 Puente Alto, diecisiete de enero de dos mil veintidós. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día 11 de enero de 2022, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, constituida por las magistrados doña Andrea González Araya, en su calidad de juez presidenta de sala, don Juan Pablo Villavicencio Theoduloz, como juez integrante, y do

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