13º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ CARLOS ENRIQUE CERPA BUSTAMANTE

Rol

O-3819-2019

Fecha

13 de enero de 2022

Materia

AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., LESIONES LEVES., MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos Que el día 01 de Agosto de 2019, alrededor de las 17:30 horas, encontrándose el requerido CARLOS ENRIQUE CERPA BUSTAMANTE en la intersección de Av. Grecia con Av. Américo Vespucio, en la comuna de Peñalolén, fue fiscalizado por funcionarios de Carabineros, específicamente por el Cabo 2° MARCIAL CARRILLO CARRILLO y el Carabinero FELIPE PEÑA MUÑOZ, a quienes sin causa ni motivo justificado agredió con golpes de pie y puño en diferentes partes del cuerpo, ocasionándole a ambos lesiones de carácter leve; resultando el primero de ellos con lesiones consistentes en “erosión en labio superior e inferior”, mientras que el segundo resultó con lesiones consistentes en “escoriación en dedo meñique derecho”, según lo señalado en los respectivos informes médicos extendidos en el Sapu Lo Hermida de Peñalolén. Delito y grado de desarrollo MALTRATO DE OBRA A CARABINEROS, previsto y sancionado en el artículo 416 bis Nº 4 del Código de Justicia Militar, en relación al artículo 494 N° 5 del Código Penal, en grado de ejecución consumado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Atenuantes 11 Nº 6 y N° 9 Código PenalCircunstancias modificatorias Agravantes No hay SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don CARLOS ENRIQUE CERPA BUSTAMANTE, ya individualizado en la audiencia, como autor del delito consumado de MALTRATO DE OBRA A CARABINEROS, previsto y sancionado en el artículo 416 bis Nº 4 del Código de Justicia Militar, en relación al artículo 494 N° 5 del Código Penal, presuntamente ocurrido el día 01 de agosto de 2019, en la comuna de Peñalolén. II. No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido

Fundamentos

motivos plausibles para ejercer la acción penal. XLSWXTJFHX VERONICA ALEJANDRA SEPULVEDA BRIONES Juez de garantía Fecha: 15/01/2022 08:20:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 1 3° J U Z G A D O D E G A R A N T Í A D E S A N T I A G O Avenida Pedro Montt N° 1606, Torre F, piso 6, Santiago - Teléfono 5873000 – Fax 5873022 Ejecutoriada que sea esta resolución, archívese la presente causa. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. XLSWXTJFHX VERONICA ALEJANDRA SEPULVEDA BRIONES Juez de garantía Fecha: 15/01/2022 08:20:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2022-01-15T08:20:48-0300 Corte Suprema VERONICA ALEJANDRA SEPULVEDA BRIONES Verificación Legal

Fallo

SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don CARLOS ENRIQUE CERPA BUSTAMANTE, ya individualizado en la audiencia, como autor del delito consumado de MALTRATO DE OBRA A CARABINEROS, previsto y sancionado en el artículo 416 bis Nº 4 del Código de Justicia Militar, en relación al artículo 494 N° 5 del Código Penal, presuntamente ocurrido el día 01 de agosto de 2019, en la comuna de Peñalolén. II. No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivos plausibles para ejercer la acción penal. XLSWXTJFHX VERONICA ALEJANDRA SEPULVEDA BRIONES Juez de garantía Fecha: 15/01/2022 08:20:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 1 3° J U Z G A D O D E G A R A N T Í A D E S A N T I A G O Avenida Pedro Montt N° 1606, Torre F, piso 6, Santiago - Teléfono 5873000 – Fax 5873022 Ejecutoriada que sea esta resolución, archívese la presente causa. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS LEGALES. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de

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1 3° J U Z G A D O D E G A R A N T Í A D E S A N T I A G O Avenida Pedro Montt N° 1606, Torre F, piso 6, Santiago - Teléfono 5873000 – Fax 5873022 TRIBUNAL : 13 JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : N° 1900823209-4 RIT : 3819-2019 IMPUTADO : CARLOS ENRIQUE CERPA BUSTAMANTE Cédula de Identidad : 15.477.191-3 Fecha de nacimiento : 18 de enero de 1983 Domicilio : Calle Max Jara N°4034, Casa Nº Q, Mac

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