Jgdo. L. y G. de Bulnes

ANONIMIZADO

Rol

C-220-2022

Fecha

9 de agosto de 2022

Materia

DIVORCIO DE COMUN ACUERDO

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Texto Completo (Preview)

Bulnes, a nueve de agosto de dos mil veintidós. A lo principal: Por interpuesta demanda de divorcio de común acuerdo. Estese a lo que se resolverá. Al primer otrosí: Téngase por acompañado, acuerdo regulatorio de relaciones mutuas entre las partes y documentos referidos. Estese a lo que se resolverá. Al segundo otrosí: Se tiene presente la forma especial de notificación señalada, la cual se llevar

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica