Juzgado de Garantía de Linares.

M.P. C/ ANTONIO ENRIQUE FUENTEALBA LUENGO

Rol

O-1597-2021

Fecha

12 de enero de 2022

Materia

CULTIVO/COSECHA ESPEC.VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF.(ART.8.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS ACREDITADOS: En virtud de una denuncia formulada a través del Programa “Denuncia Seguro” del Ministerio del Interior, funcionarios de la Policía de Investigaciones el día 06 de abril de 2021 concurren al domicilio del imputado ANTONIO ENRIQUE FUENTEALBA LUENGO ubicado en callejón Los Pellines, sitio N° 12, sector Quinta Norte, comuna de Longaví, lugar en el que mantendría una plantación de cannabis sativa no autorizada. Una vez en el lugar y previa autorización voluntaria, al registro del inmueble, alrededor de las 16:30 horas, encontraron en la parte posterior y al interior de un invernadero una totalidad de tres (3) plantas de cannabis sativa en proceso de crecimiento, con una altura promedio de 1,3 a 2,3 metros, en el interior de una bodega mantenía un balde de color JXFVXTPWXR Rolando Antonio Correa Pesante Juez de garantía Fecha: 14/01/2022 15:21:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl blanco contenedor de cannabis, hojas y ramas en estado seco, y otros contenedores con la misma sustancia, con sumidades floridas, haciendo un peso bruto total de tres kilos, 214 gramos de cannabis sativa, sin contar con ningún tipo de autorización para mantener dicho cultivo ni tampoco justificó que la droga estuviera destinada a su uso o consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo. Linares, doce de enero de dos mil veintidós. Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6 y 9, 14, 15 N° 1, 18, 21, 25, 29, 30, 49, 50, 67, 70 del Código Penal, artículos 1, 4, 45, 46, 47, 295, 297, 340, 341, 406, 407, 408 y siguientes del Código Procesal Penal, 8° de la Ley 20.066, 1 y 4° de la Ley 18.216, se

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA a don ANTONIO ENRIQUE FUENTEALBA LUENGO, ya individualizado, en calidad de autor del ilícito de cultivo ilegal de cannabis sativa descrito y sancionado en el artículo 8 de la Ley 20.000 sobre tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, el que se encuentra en grado de desarrollo consumado, cometido en este territorio jurisdiccional el día 06 de abril del año 2021, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio, ello por aplicación de las circunstancias aminorantes del artículo 11 N° 6 del Código Penal, esto es, la irreprochable conducta anterior a la vez la del artículo 11 N° 9 del Código Penal, esto es, la colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos, máxime además si dicha pena se conforma con lo solicitado por el Ministerio Público, no pudiendo este Tribunal imponer una pena más alta o mayor que la señalada precedentemente. Además, de las sanciones accesorias contempladas de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena de acuerdo a lo prescrito en el artículo 8° de la referida Ley 20.000 y al artículo 29 del Código Penal. También al COMISO de los efectos e instrumentos utilizados en la comisión del delito, esto es, las plantas y la droga cosechada más el registro de su huella genética. Respecto a la JXFVXTPWXR Rolando Antonio Correa Pesante Juez de garantía Fecha: 14/01

Texto Completo (Preview)

RUC : 2100330667-1. RIT : 1597-2021. DELITO : Cultivo ilegal de cannabis sativa. GRADO DESARROLLO: Consumado. ACUSADO : ANTONIO ENRIQUE FUENTEALBA LUENGO. RUT N° : 18.982.736-9. DOMICILIO : sector La Quinta Norte, callejón Los Pellines S/N° comuna de Longaví. FISCAL : Carmen Gloria Caamaño Rojas. DEFENSOR : Marco Caballero Catalán. PROCEDIMIENTO : Abreviado. ATENUANTES : Artículo 11 N° 6

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica