7º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

MINISTERIO PUBLICO C/ PABLO JESÚS ANTONIO ROJAS ASPE

Rol

O-156-2021

Fecha

14 de enero de 2022

Materia

OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que ante esta sala del Séptimo Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago constituida por los magistrados doña Alejandra Garcia Bocaz, doña Nora Rosati Jerez y doña Colomba Guerrero Rosen, se llevó a efecto el juicio oral de la causa rol único 2000222009-2, rol interno del Tribunal 156-2021 , seguida en contra del acusado Pablo Jesús Antonio Rojas Aspe, cédula de Identidad número 19.670.962-2, chileno, nacido el 1 de julio de 1997, 24 años, soltero, de oficio vendedor, domiciliado en Los Ligustro N° 2328, comuna de Puente Alto. Sostuvo la acusación del Ministerio Público el fiscal Rubins Benavente Albornoz, en tanto la defensa del acusado estuvo a cargo del defensor privado Carlos Olivares Ramos. PRIMERO: Que el Ministerio Público al deducir acusación la fundamentó en los siguientes hechos: El 26 de febrero de 2020, cerca de las 21:15 horas, personal de Carabineros de Chile realizaba patrullajes preventivos en la comuna de La Florida, sorprendió al acusado PABLO JESUS ANTONIO ROJAS ASPE, en la intersección de Avenida Vicuña Mackenna con calle Perpetua Freire, comuna de La Florida, conduciendo a sabiendas una motocicleta Yamaha, color azul, con su placa patente PPU FLD.034 oculta con un trozo de cartón que impedía la lectura de sus letras y guarismos, por lo que fue detenido. Luego, durante la revisión de la mochila que portaba el acusado PABLO JESUS ANTONIO ROJAS ASPE, se le sorprendió portando para la venta 2 bolsas de nylon contenedoras de cannabis sativa, las que arrojaron un peso total de 102 gramos. El persecutor refiere que los hechos descritos son constitutivos de los delitos de Tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 1° en relación con el artículo 4° ambos de la Ley N° 20.000 y del delito de conducción a sabiendas de un vehículo motorizado con placa patente oculta del artículo 192, letra e) de la Ley N° 18.290, ambos consumados y que al acusado Rojas Aspe le ha correspondido participaci

Fallo

se declara; I.-Que, se condena a PABLO JESUS ANTONIO ROJAS ASPE, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, como autor del delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de sustancias estupefacientes en grado consumado y al pago de una multa de Cinco (5) Unidades Tributarias Mensuales, con más las accesorias de suspensión de NORA ANGELA ROSATI JEREZ Juez Integrante Fecha: 17/01/2022 13:55:23 PQZXXXKCEC AIDA COLOMBA GUERRERO ROSEN Juez Redactor Fecha: 17/01/2022 14:15:12 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 12 cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, hecho cometido el día 26 de febrero de 2020, en esta ciudad. II.- Que, dándose los requisitos establecidos en el artículo 8° de la Ley 18.216, como ya se dijo, especialmente el informe de factibilidad técnica en cuanto es positivo, se sustituye al sentenciado Rojas Aspe la pena privativa de libertad por la de reclusión parcial nocturna, prevista en la ley citada (artículo 7 numeral 2), en su domicilio ubicado en calle Los Ligustros N°2328, comuna de Puente Alto, entre las 22 horas de cada día hasta las sei

Texto Completo (Preview)

1 c/ Pablo Jesús Antonio Rojas Aspe d/ tráfico ilícito de pequeñas cantidades de estupefacientes y otro. rit/ 156-2021 Santiago, catorce de enero de dos mil veintidós. VISTOS: Que ante esta sala del Séptimo Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago constituida por los magistrados doña Alejandra Garcia Bocaz, doña Nora Rosati Jerez y doña Colomba Guerrero Rosen, se llevó a efecto el juicio

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica