MORALES/MEDIPHARM LIMITADA
Rol
O-968-2020
Fecha
14 de mayo de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que comparece don JORGE ROBERTO MORALES RODRIGUEZ, RUT: 9.474.406-7, cesante, domiciliado en La Astronomía 3389, Comuna de Puente Alto, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de su ex empleadora PRODUCTOS FARMACEUTICOS MEDIPHARM LTDA, R.U.T 96.599.510-2, del giro de su denominación, representada legalmente por doña Alejandra Ríos Meza, RUT: 13.256.762-K, ambos domiciliados en Miraflores 9827, Comuna de Pudahuel, solicitando el pago de las indemnizaciones y prestaciones que indica, todo ello con intereses, reajustes y costas. Funda su demanda en que ingresó a prestar servicios para la empresa demandada con fecha 24 de septiembre de 2014. Alega que sus funciones a partir del 2017, fueron de “SUPERVISOR DEL PERSONAL DE PRODUCCIÓN”, percibiendo una remuneración mensual que ascendía a la época de su despido a la suma de $1.610.993. Relata que en el mes de febrero de 2017, fue despedido de la empresa don GABRIEL CERECEDA CABEZAS, quien se desempeñaba como Químico Farmacéutico, la justificación del despido fue por necesidades de la empresa. Al día siguiente de haber sido despedido don GABRIEL CERECEDA CABEZAS, fue citado a una reunión por parte del Gerente de Operaciones de Laboratorio Mediphram, don RODRIGO KOSERAK MORA, el cual le indicó que sería él quien comenzaría a realizar las labores de Supervisor de Planta de Producción, con el compromiso de ser ascendido al cargo de Supervisor en poco tiempo. Por tanto, a partir del mes de febrero de 2019, quedó a cargo de Supervisor personal de producción (aproximadamente 20 personas), realizando las correspondientes entrevistas para la contratación del personal de esta área. Aunado a lo anterior, comienza a realizar reuniones de coordinación de la producción los días lunes a primera hora para distribuir la funciones de cada trabajador, durante este periodo el laboratorio tiene como prioridad la fabricación
Fundamentos
motivos precedentes. DECIMO PRIMERO: Que en relación a la diferencia reclamada en el libelo respecto de la suma descontada por la parte empleadora en relación al aporte del empleador efectuado en la cuenta individual de cesantía de la trabajadora de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 19.728, cabe tener presente que de acuerdo a lo consignado en el motivo quinto del presente
Fallo
Por tanto, a partir del mes de febrero de 2019, quedó a cargo de Supervisor personal de producción (aproximadamente 20 personas), realizando las correspondientes entrevistas para la contratación del personal de esta área. Aunado a lo anterior, comienza a realizar reuniones de coordinación de la producción los días lunes a primera hora para distribuir la funciones de cada trabajador, durante este periodo el laboratorio tiene como prioridad la fabricación de productos para obtener el registro sanitario correspondiente presentando la documentación respectiva de fabricación al organismo sanitario (ISP). Como evidencia de estas funciones, su firma se encuentra en los diferentes documentos de cada etapa de la fabricación (Técnicas de Fabricación, Técnicas de Empaque, Bitácoras de equipos, Bitácoras de áreas). Al iniciar estas funciones, el Gerente de Operaciones realiza una reunión con los trabajadores para informar que quedo a cargo de dicho personal y que, los trabajadores deben informarle sus inquietudes, permisos, salidas y faltas, las que posteriormente él debía informar a la encargada de recursos humanos doña ANGÉLICA NOVOA ROJAS. A partir de este momento, su remuneración ascendiendo considerablemente puesto que, aumentaron las responsabilidades que tenía en el empresa, llegando percibir una remuneración de $1.610.993 pesos. Durante este periodo interactuó con los diferentes jefes de cada área tales como: IGNACIO JORQUERA jefe de bodegas, KARIM GOLOTT ORTEGA jefa de Control
Texto Completo (Preview)
Santiago, catorce de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS: PRIMERO: Que comparece don JORGE ROBERTO MORALES RODRIGUEZ, RUT: 9.474.406-7, cesante, domiciliado en La Astronomía 3389, Comuna de Puente Alto, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de su ex empleadora PRODUCTOS FARMACEUTICOS MEDIPHARM
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