LUZ LORETO VILLAROEL CASTILLO C/ MARCELO ANTONIO ARANCIBIA PIZARRO
Rol
O-3878-2020
Fecha
12 de enero de 2022
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 19 de marzo de 2020, alrededor de las 00:15 horas, en la Ruta D-599, a la altura del kilómetro 01, en la comuna de Monte Patria, el imputado Marcelo Antonio Arancibia Pizarro, fue sorprendido por personal de carabineros de Chile, manteniendo en su poder 04 casatas de helado savory, 11 helados crazy, 06 helados danky y 09 helados mega, especies que habían sido robadas momentos antes, desde el negocio tipo almacén ubicado en Colliguay Bajo S/N, en la comuna de Monte Patria, de propiedad de la víctima doña Luz Loreto Villarroel Castillo; conociendo el imputado o no pudiendo menos que conocer el orígen ilícito de las especies, atendido el horario y las circunstancias en que portaba las especies, al interior de una mochila, las que aún se mantenían congeladas, las cuales están avaluadas en la suma de $ 42.140. Especies reconocidas por la victima Luz Loreto Villarroel Castillo que habían sido sustraídas desde el local comercial ubicado en Colliguay Bajo S/N, en la comuna de Monte Patria, para lo cual desconocidos ingresaron por vía no destinada al efecto, esto es escalando la reja del antejardín de 2 metros de altura, para luego ingresar al interior del local comercial, rompiendo el seguro de la maquina congeladora, y sustraer las especies, para luego huir del lugar, esto de conformidad al Art. 442 N° 1 y 2 del C. Penal.- Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 14, 15, 30, 49, 50, 62, 67, 456 bis A del Código Penal; artículo 395 y siguientes del Código Procesal Penal; y Ley 18.216 modificada por la Ley 20.603, se declara: I.- Que se condena a Marcelo Antonio Arancibia Pizarro, cédula nacional de identidad N°20.091.220-9 ya individualizado(a), a sufrir la pena de (100) cien días de presidio menor en su grado mínimo y multa de (5) cinco unidades tributarias mensuales, por su participación en calidad de autor de un delito de receptación de especies robadas, hecho constatado en la comuna de Monte Patria el día 19 de marzo de 2020.
Fallo
se declara: I.- Que se condena a Marcelo Antonio Arancibia Pizarro, cédula nacional de identidad N°20.091.220-9 ya individualizado(a), a sufrir la pena de (100) cien días de presidio menor en su grado mínimo y multa de (5) cinco unidades tributarias mensuales, por su participación en calidad de autor de un delito de receptación de especies robadas, hecho constatado en la comuna de Monte Patria el día 19 de marzo de 2020. Se le impone asimismo, la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que se concede al sentenciado(a), la pena sustitutiva de la privativa de libertad de reclusión parcial nocturna, la que cumplirá en un centro destinado al efecto por Gendarmería de Chile, entre las 22:00 horas de cada día y las 06:00 horas del día siguiente, a partir de la fecha en que quede ejecutoriada esta sentencia. El(la) sentenciado(a) deberá presentarse dentro de quinto día de ejecutoriada esta sentencia, ante el Centro de Cumplimiento Penitenciario de la ciudad de Ovalle, para iniciar el cumplimiento de la pena sustitutiva concedida, bajo apercibimiento de revocarle ésta. III.- Si el(la) sentenciado(a) no pagare la multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose, un día por cada tercio de unidad tributaria mensual. De acuerdo al artículo 70 del Código Penal, se autoriza al(la) sentenciado(a) a pagar la multa impuesta en (10) diez cuotas mensuales, iguales y sucesivas de media unidad tribut
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/paag SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO Fecha Ovalle., doce de enero de dos mil veintidós Tribunal Juzgado de Garantía de Ovalle Magistrado LUIS ALBERTO MUÑOZ CAAMAÑO RUC 2000317944-4 RIT 3878 - 2020 Delito RECEPTACION. ART. 456 BIS A. Grado de ejecución consumado Participación autor Atenuante(s) * Agravante(s) * NOMBRE IMPUTADO Fecha de nacimiento RUT DIRECCION COMUNA Marce
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