Juzgado de Letras y Garantía de Maullin.

RICARDO ANTONIO LEITON GARRIDO C/ CESAR RIGOBERTO PEREZ DIAZ

Rol

O-298-2021

Fecha

12 de enero de 2022

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 17 de Abril del año 2021, siendo aproximadamente las 22:35 horas, el acusado CESAR RIGOBERTO PEREZ DIAZ, condujo en estado de ebriedad y sin tener licencia que lo habilite para conducir vehículos motorizados, el automóvil marca NISSAN, color negro con gris, placa patente única, QR-4842, por el pasaje Montealegre, en la comuna de Maullín, y a la altura de la intersección de dicha vía con el pasaje Manuel Plaza, fue sorprendido y fiscalizado por Carabineros, quienes constataron su estado de ebriedad, el resultado de la muestra de alcoholemia practicada al imputado, a las 23:12 horas, de ese mismo día arrojó como resultado, que al momento del ilícito el imputado conducía con 2,08 gramos por mil de alcohol, en la sangre. FXHKXTCXZG DAVID ALEXIS NEGRETE SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 13/01/2022 18:05:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl b.- Calificación jurídica: Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, constituyen un delito de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley 18.290 del Tránsito en relación al artículo 110 y 209 inciso 2 del mismo cuerpo legal, correspondiéndole al requerido la calidad de autor, en grado de desarrollo consumado. Vistos lo dispuesto en los artículos N° 1, 11 N° 9, 15 N° 1, artículos 30, 67, 70 del Código Penal, artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, artículos 110, 196, 209 inciso 2° de la Ley de tránsito 18.290 y artículo 4° y siguientes de la Ley 18.216 y demás normas pertinentes: SE DECLARA: I .- Que se cond

Fallo

SE DECLARA: I .- Que se condena a don CESAR RIGOBERTO PEREZ DIAZ, cédula de identidad N° 14.228.210-0, ya individualizado en calidad de autor de los delitos de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR perpetrado en territorio jurisdiccional de éste Tribunal, con fecha 17 de Abril de 2021, y se le aplica la siguiente pena: a) 100 días de presidio menor en su grado mínimo. b) Multa de 02 Unidades tributarias mensuales. c) Inhabilidad para obtener licencia de conducir por el término de 5 años. d) A la accesoria del artículo 30 del Código Penal, esto es, la suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que se le concede para el pago de la multa impuesta en 06 parcialidades de 1/3 UTM cada una, debiendo pagar la primera cuota el día 14 de febrero de 2022, y así sucesivamente el 14 de marzo, 14 de abril, 14 de mayo, 14 de junio y 14 de julio de 2022, si el pago recayere en día inhábil se pagara al día siguiente hábil, si el sentenciado no pagase la multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de reclusión, regulándose un día por cada 1/3 de unidad tributaria mensual, esto es 6 días. III.- Que cumpliendo el sentenciado con los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216 se FXHKXTCXZG DAVID ALEXIS NEGRETE SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 13/01/2022 18:05:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMIT

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SENTENCIA DEFENITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. FECHA Maullín, 12 de Enero de 2022 TRIBUNAL Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Maullín MAGISTRADO DAVID ALEXIS NEGRETE SEPÚLVEDA ENC. ACTA AAG RUC : 2100378135-3 RIT: 298-2021 IMPUTADO CESAR RIGOBERTO PEREZ DIAZ C.I 14.228.210-0 DIRECCION CELESTINO DIAZ Nº 135, POBL. TEN TEN Comuna : MAULLÍN DELITOS CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO E

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