C/ DIEGO FELIPE VALLADARES TORO
Rol
O-7000-2020
Fecha
24 de noviembre de 2021
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 15, 30, 51, 68, 69, 432, 442 y 443, todos del Código Penal, 388 y siguientes del Código Procesal Penal: artículos 4, 5 y 38 de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a DIEGO FELIPE VALLADARES TORO, ya individualizado, como autor de un delito frustrado de Robo de especies en Bienes Nacionales de Uso Público, intentado cometer en horas de la noche del día 07 de septiembre de 2020, en la comuna de Quinta Normal, a las siguientes penas: a.- A la pena de SESENTA Y UN (61) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO; b.- A la pena accesoria de suspensión de todo cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; II.- Que respecto del imputado DIEGO FELIPE VALLADARES TORO, concurriendo los requisitos que establece la Ley 18.216, se impone la pena sustitutiva de remisión condicional por el término de un (1) año, debiendo el imputado quedar sujeto a la vigilancia y observación del Centro de Reinserción Social Santiago de Gendarmería de Chile ubicado en calle santo Domingo 1382, comuna de Santiago, por el término ya referido. Si tal pena sustitutiva le fuera revocada o intensificada, deberá cumplir esta pena de manera efectiva o bien bajo alguna pena sustitutiva más gravosa, sirviéndole de abono, en tal caso, los dos (2) días que estuvo privado de libertad por este proceso, a saber, los días 21 de septiembre del año 2019 y 23 de agosto del año 2020. Para dar inicio al control respectivo, el imput
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“TEXTO TRANSCRITO SEGÚN LO DISPUESTO EN LOS INCISOS 3° Y 4° DEL ARTÍCULO 62 DEL ACTA 71-2016, DE LA EXCMA. CORTE SUPREMA” Resumen de sentencia Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, veinticuatro de noviembre de dos mil veintiuno Procedimiento SIMPLIFICADO R.U.C. 2000920152-2 R.I.T. 7000 - 2020 JUEZ JUAN ENRIQUE OLIVARES URZUA FISCAL RICARDO VERGARA BRAVO DEFENS
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