2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

RIQUELME/MG CHILE LTDA

Rol

M-729-2020

Fecha

12 de mayo de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones, Sueldo

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Hechos

HECHOS A PROBAR X · RECEPCIÓN DE PRUEBAS OFRECIDA PARTES X 1.- DOCUMENTAL DEMANDANTE X 2.- TESTIMONIAL DEMANDANTE X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE RECLAMANTE X · DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA X Se deja constancia que la parte demandada no comparece a la presente audiencia, pese a encontrarse válidamente notificada. Al escrito cumple lo ordenado de la parte demandante: A lo principal: por cumplido lo ordenado. Al otrosí: por digitalizados los documentos. Contestación de la demanda: El Tribunal tiene por evacuada la contestación de la demanda en rebeldía de la parte demandada. Llamado a Conciliación: Llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce, atendida la rebeldía de la parte demandante. Hechos a Probar: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1. Existencia de la relación laboral entre las partes, fecha de inicio, funciones desempeñadas, remuneración pactada y percibida y demás elementos que den cuenta de subordinación y dependencia. En la afirmativa de lo anterior: 2. Fecha de la terminación de los servicios. Pormenores y circunstancias, en especial, si fue por despido de la demandada, cumplimiento de las formalidades legales al efecto y efectividad de los hechos contenidos en la comunicación respectiva. 3. Prestaciones adeudadas al demandante al término de los servicios, referidas al feriado proporcional y horas extra. Pormenores. 4. Estado de pago de las cotizaciones previsionales del demandante. Medios de Prueba: LA PARTE DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1. Acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, de fecha 22 de enero de 2020. 2. Dos correos electrónicos de fecha 22 de agosto de 2019. 3. Sets de conversaciones de WhatsApp. 4. Certificado de cotizaciones de AFP Capital, de fecha 24 de febrero de 2020. 5. Certificado de cotizaciones de Is

Fundamentos

considerando al efecto como remuneración la suma de $600.000. II. Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo más reajustes e intereses, conforme a lo dispuesto a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que se condena en costas a la demandada por haber reclamado de la resolución y, no obstante a ello, no haberse presentado a la audiencia respectiva, fijándose las costas procesales en la suma de $600.000. IV. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día. En caso contrario, certifíquese conforme al artículo 462 del Código del Trabajo y remítase los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional respectivo. Regístrese y archívese los antecedentes en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas.- Dirigió doña Lorena Renate Flores Canevaro, Jueza Titular del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.- Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, doce de mayo de dos mil veintiuno.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 9, 7, 41 y siguientes, 62, 63, 73, 162, 168, 172, 173, 420 y siguientes, 453, 454, 496 y siguientes, se declara: I. Que ha lugar a la demanda interpuesta por don CHRISTIAN EDUARDO RIQUELME SILVA en contra de MG Chile Limitada, Rut 76.426.351-0, representada por don Rodrigo González Tapia y se declara que el despido del que fue objeto el demandante con fecha 3 de diciembre de 2019 es injustificado, que entre las partes existió relación laboral y que, en consecuencia, se condena a la demandada al pago de la siguientes prestaciones: a) $600.000 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $360.000 por concepto de remuneraciones adeudadas de septiembre, noviembre y tres días de diciembre de 2019. c) $140.000 por feriado proporcional. d) $399.973 por horas extras. e) Cotizaciones previsionales a enterar en AFP Capital, Isapre Nueva Mas vida y AFC Chile del periodo del 8 de agosto al 3 de diciembre, ambos del 2019. f) Remuneraciones y demás prestaciones contenidas en el contrato de trabajo desde la fecha del despido, esto es, desde el 3 diciembre de 2019 hasta la convalidación del mismo mediante el pago de las cotizaciones adeudadas, considerando al efecto como remuneración la suma de $600.000. II. Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo más reajustes e intereses, conforme a lo dispuesto a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que se condena en costas a la demandada por hab

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 12 DE MAYO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO LUGAR SANTIAGO RUC 20-4-0256520-K RIT M-729-2020 SALA 7 Virtual MAGISTRADO LORENA RENATE FLORES CANEVARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS CATALINA CISTERNAS GALARCE HORA DE INICIO 10:16 HORAS HORA DE TERMINO 11:03 HORAS Nº REGIS

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