VILLAGRÁN/PREUNIVERSITARIO PEDRO DE VALDIVIA CONCEPCION
Rol
O-1166-2020
Fecha
12 de mayo de 2021
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 161, 162, 168, 172, 446, y siguientes, 453 y siguientes y demás disposiciones legales contempladas en el Código del Trabajo, se declara: I.- Que, se acoge la demanda interpuesta por doña MARCELA ALEJANDRA VILLAGRÁN GARRIDO, cédula de identidad N°13.106.623-6 en contra de PREUNIVERSITARIO PEDRO DE VALDIVIA CONCEPCIÓN LTDA., Rut 78.896.330-0, todos individualizados, en cuanto estimando improcedente el despido de la trabajadora, se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1.- La suma de $2.197.414.- por concepto de recargo legal del 30% sobre su indemnización por años de servicios. 2.- La suma de $1.283.257.- por concepto de devolución de aporte al empleador al seguro de cesantía. II.- Que, las sumas ordenadas a pagar lo serán con interés y reajustes previstos en el artículo 173 del Código del Trabajo. III.- Que, no se condena en costas a la demandada por haber tenido
Fundamentos
motivos plausibles para litigar. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT O-1166-2020. Las partes quedan notificadas personalmente de las resoluciones dictadas en esta audiencia. Dirigió y dictó la sentencia doña VALERIA AMPARO GARRIDO CABRERA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 161, 162, 168, 172, 446, y siguientes, 453 y siguientes y demás disposiciones legales contempladas en el Código del Trabajo, se declara: I.- Que, se acoge la demanda interpuesta por doña MARCELA ALEJANDRA VILLAGRÁN GARRIDO, cédula de identidad N°13.106.623-6 en contra de PREUNIVERSITARIO PEDRO DE VALDIVIA CONCEPCIÓN LTDA., Rut 78.896.330-0, todos individualizados, en cuanto estimando improcedente el despido de la trabajadora, se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1.- La suma de $2.197.414.- por concepto de recargo legal del 30% sobre su indemnización por años de servicios. 2.- La suma de $1.283.257.- por concepto de devolución de aporte al empleador al seguro de cesantía. II.- Que, las sumas ordenadas a pagar lo serán con interés y reajustes previstos en el artículo 173 del Código del Trabajo. III.- Que, no se condena en costas a la demandada por haber tenido motivos plausibles para litigar. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT O-1166-2020. Las partes quedan notificadas personalmente de las resoluciones dictadas en esta audiencia. Dirigió y dictó la sentencia doña VALERIA AMPARO GARRIDO CABRERA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital zoom) FECHA 12 de Mayo de 2021 RUC 20-4-0284194-0 RIT O-1166-2020 MAGISTRADO VALERIA AMPARO GARRIDO CABRERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Johanna Mendoza García Registro de audio remoto 5 HORA DE INICIO 12:09 horas HORA DE TERMINO 13:36 horas Nº REGISTRO D
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