Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ IGNACIO ANDRÉS SUÁREZ MARTÍNEZ

Rol

O-5772-2020

Fecha

12 de enero de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El 02 de julio de 2020, a las 00:30 horas aproximadamente, los imputados IGNACIO ANDRES SUAREZ MARTINEZ y JONATHAN ALEJANDRO CANALES RIFFO, llegaron hasta la estación de servicios Copec ubicado en Avenida Balmaceda N°1629 de Temuco, procediendo SUAREZ MARTINEZ a romper con golpes de pie el ventanal de la puerta de acceso a la tienda comercial Punto Copec ubicada en el mismo servicentro, ingresando a través del forado realizado, sustrayendo desde el interior 73 cajetillas de cigarrillos de diferentes marcas y $10.900 en dinero en efectivo desde la caja recaudadora, mientras CANALES RIFFO realizaba tareas de resguardo en el exterior, huyendo luego ambos acusados con las especies sustraídas en su poder”. Temuco, doce de enero de dos mil veintidós.- Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 3, 7, 11 No 6 y 9, 14, 15, 24, 25, 26, 30, 49, 50, 67, 69, 442 No 1 del Código Penal y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal en especial artículo 395 del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se CONDENA a JONATHAN ALEJANDRO CANALES RIFFO, ya individualizado, como autor del delito consumado de Robo con fuerza en lugar no LXEHXTHBXF Leticia Andrea Rivera Reyes Juez de garantía Fecha: 13/01/2022 14:32:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl habitado, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco, el día 02 de julio de 2020, a la pena de sesenta y un días (61) de presidio menor en s

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los Art. 1, 3, 7, 11 No 6 y 9, 14, 15, 24, 25, 26, 30, 49, 50, 67, 69, 442 No 1 del Código Penal y lo dispuesto en el artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal en especial artículo 395 del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se CONDENA a JONATHAN ALEJANDRO CANALES RIFFO, ya individualizado, como autor del delito consumado de Robo con fuerza en lugar no LXEHXTHBXF Leticia Andrea Rivera Reyes Juez de garantía Fecha: 13/01/2022 14:32:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl habitado, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco, el día 02 de julio de 2020, a la pena de sesenta y un días (61) de presidio menor en su grado mínimo. II.- Que se le condena además a la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena. III.- Que verificando el Tribunal que el imputado ha pasado privado de libertad por un tiempo mayor a la pena impuesta, el Tribunal dará por cumplida tanto la pena principal como la accesoria en este acto. IV.- Que se le exime del pago de las costas por su actitud procesal en la causa. Dése oportuno cumplimiento en lo di

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RESUMEN RIT : 5772 - 2020 RUC : 2000663129-1 MATERIA : ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 442 N°2 en relación con el artículo 432 ambos del Código Penal IMPUTADO : JONATHAN ALEJANDRO CANALES RIFFO CÉDULA DE IDENTIDAD : 19.199.012-9 DOMICILIO : CALLE LAS CASCADAS 2012, SAN ANTONIO, TEMUCO ATENUANTES : ARTÍCULO 11 No 6 y 9 DEL CÓDIGO PENAL AGRAVANTES : NO SE INDICAN RESO

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