ANONIMIZADO
Rol
V-192-2022
Fecha
8 de agosto de 2022
Materia
CONVIVENCIA NOTIFICACION CESE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 25 de la ley Nº 19.947, téngase como fecha cierta de cese de convivencia del matrimonio conformado por doña Rosario y don Aldo, el día 05 de Agosto de 2022, fecha de la notificación de este último. Utilícese el hito “dictación de sentencia” atendido el estado actual de tramitación, para los fines de poner término a la presente causa en el sistema computacional SITFA. Regístrese y archívese. Notifíquese a las partes por carta certificada...
Texto Completo (Preview)
Quillota, a ocho de Agosto de dos mil veintidós.- Téngase presente la notificación personal diligenciada por funcionario del Tribunal.- VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, y habiéndose dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 25 de la ley Nº 19.947, téngase como fecha cierta de cese de convivencia del matrimonio conformado por doña Rosario y don Aldo, el día 05 de Agosto de 2022
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica