HENRÍQUEZ/SUPERMERCADOS MONTSERRAT S.A.C
Rol
O-6991-2020
Fecha
12 de mayo de 2021
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 61, 62, 63, 160 N°7, 162, 163, 168, 171, 173, 425, 453, 454, todos del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña JOHANNA DE LAS MERCEDES HENRÍQUEZ LÓPEZ, cédula de identidad 13.476.148-2, en contra de su ex empleador SUPERMERCADOS MONTSERRAT S.A.C, Rut 93.307.000-K, representada legalmente por doña Bernardita Taffal Díaz, cédula de identidad 12.487.190-5, y se declara justificada la facultad de autodespido ejercida por la trabajadora con fecha 2 de octubre del año 2020, por haber incurrido la demandada en la causal de caducidad del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, esto es, incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo por parte del empleador, y con ello se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones: a. $662.530, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b. $7.287.830, por concepto de indemnización por años de servicio. c. $3.643.915, por concepto de recargo legal del 50% a la indemnización por años de servicio, de acuerdo a lo que dispone el artículo 168 del Código del Trabajo. II. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita el pago de la suma de $1.987.590, por concepto de remuneración adeudada de los meses de junio, julio y agosto del año 2020. III. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita el pago de la suma de $927.542, por concepto de feriado legal, por el periodo 2017-2018 y 2018-2019. IV. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita el pago de la suma de $347.828, por concepto de feriado proporcional. V. No encontrándose acreditado el pago de las cotizaciones previsionales al momento del término de la relación laboral, se condena a la demandada al pago de las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen hasta que se produzca la convalidación del despido mediante el pago de las cotizaciones previsionales adeudadas desde la fecha de término de la relación laboral, ocurrida el d
Fallo
se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña JOHANNA DE LAS MERCEDES HENRÍQUEZ LÓPEZ, cédula de identidad 13.476.148-2, en contra de su ex empleador SUPERMERCADOS MONTSERRAT S.A.C, Rut 93.307.000-K, representada legalmente por doña Bernardita Taffal Díaz, cédula de identidad 12.487.190-5, y se declara justificada la facultad de autodespido ejercida por la trabajadora con fecha 2 de octubre del año 2020, por haber incurrido la demandada en la causal de caducidad del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, esto es, incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo por parte del empleador, y con ello se condena a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones: a. $662.530, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b. $7.287.830, por concepto de indemnización por años de servicio. c. $3.643.915, por concepto de recargo legal del 50% a la indemnización por años de servicio, de acuerdo a lo que dispone el artículo 168 del Código del Trabajo. II. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita el pago de la suma de $1.987.590, por concepto de remuneración adeudada de los meses de junio, julio y agosto del año 2020. III. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita el pago de la suma de $927.542, por concepto de feriado legal, por el periodo 2017-2018 y 2018-2019. IV. Que se acoge la demanda en cuanto se solicita el pago de la suma de $347.828, por concepto de feriado proporcional. V. No encontrándose acreditado e
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 12 DE MAYO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA VIRTUAL 9 RUC 20-4-0304699-0 RIT O-6991-2020 MAGISTRADO CRISTIAN RODRIGO ALVAREZ MERCADO ADMINISTRATIVA DE ACTAS NATALIA ARANCIBIA SEPÚLVEDA HORA DE INICIO 11:21 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:34 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2040304699-0-1349
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