BOBADILLA/SKY CHEFS CHILE SPA
Rol
O-7031-2020
Fecha
12 de mayo de 2021
Materia
Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparecen en estos autos RIT O 7031-2020, SERGIO ANDRÉS BOBADILLA VELÁSQUEZ, chileno, cesante, cédula nacional de identidad N° 8.713.114 – 9, con domicilio en pasaje La Pasionaria N° 7161, comuna de Cerro Navia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana y SERGIO JEANPIER MARTÍNEZ ROMERO, chileno, cesante, cédula nacional de identidad N° 13.240.890 – 4, domiciliado en Robinson Crusoe N° 770, comuna de Recoleta, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quienes deducen demanda en procedimiento ordinario por despido injustificado, cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales, en contra de nuestra ex empleadora, SKY CHEFS CHILE SPA., persona jurídica de derecho privado, rol único tributario número 81.348.400 – 5, representada legalmente por FABIO RODRIGUES VIEIRA, ignoran profesión u oficio, cédula de identidad número 26.026.652 – 7, o todos aquellos que hagan las veces de representante legal, conforme lo dispone el artículo cuarto del Código de Trabajo, y domiciliados en avenida Américo Vespucio N° 1287, comuna de Pudahuel, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, con el objeto que se declare que el despido fue injustificado, y condenando a la demandada a pagar las indemnizaciones que la normativa laboral contempla para estos casos y las demás prestaciones adeudadas, con costas Fundan su demanda en haber celebrado contrato de trabajo con la demandada el día 1° de junio de 2012, en el caso de SERGIO BOBADILLA, y el 1° de marzo de 2016, en el caso de SERGIO MARTÍNEZ, en virtud de un contrato de carácter indefinido, en las funciones de conductor y coordinador respectivamente, las que desempeñaban en dependencias de la demandada, en la planta de la comuna de Pudahuel, ubicada en avenida Américo Vespucio N° 1287, comuna de Pudahuel. Precisan que la jornada laboral era de 45 horas, de lunes a viernes y su remuneración mensual, para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, en base a los finiquitos de trabajo, para el caso de Sergio Bobadilla, ascendía a la suma de $721.269 y para el de Sergio Martínez, $631.155. Destacan que siempre fueron considerados como buenos trabajadores para su ex empleadora, en términos que siempre contribuyeron en la productividad de su sección, en aras de un actuar de acuerdo a los principios éticos y valóricos que dan cuenta una conducta intachable, y que guiaron su accionar dentro de la empresa, de manera profesional, dedicada y leal, logrando así cumplir con los objetivos, tareas y metas asignadas por más de 5 y 8 años respectivamente, sin nunca recibir cartas de amonestación. Respecto a los antecedentes del término de la relación laboral, refieren que con fecha uno de septiembre de 2020, mediante carta de aviso, la empleadora puso término a la relación laboral, invocando la causal del Artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa. Relatan que producto de la pandemia del COVID – 19, y la emergencia sanitaria que esta produjo, en el mes de abril a los trabajad
Fallo
por tanto justificado el despido, lo que hace improcedente las prestaciones reclamadas. TERCERO: Que, llamadas las partes a conciliación, ésta no se produjo, recibiéndose la causa a prueba por estimar que existían hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, fijándose los siguientes: 1. La efectividad de los hechos contenidos en la carta de despido CUARTO: Que la parte demandada, para acreditar sus aseveraciones incorporó la siguiente prueba: 1. 2 cartas de aviso de término de contrato correspondientes a los 2 demandantes 2. . 2 finiquitos correspondientes a los 2 demandantes 3. Noticia "BALANCE AÉREO DE 2020 REGISTRA CAÍDA DE 64% PRODUCTO DE LA PANDEMIA Y VUELVE AL NIVEL DE 2007" publicada el 13 de enero de 2021 en página web de la Junta Aeronáutica Civil http://www.jac.aob.cl/balance-aereo-de-2020- registra-caida-de-64-producto-de- la-pandemia-y-vuelve-al-nivel-de-2007/ 4. Comunicado n° 63 IATA de 28 de julio de 2020 titulado "La recuperación se retrasa ante el continuo bloqueo de los viajes internacionales" 5. Noticia "IATA estima crecimiento de las aerolíneas se retrasará hasta 2023" publicada en arecoa.com el 1 de junio de 2020 https://www.arecoa.com/aerolineas/2020/06/01/iata-estima- crecimiento-lasaerolineas-se-retrasara-2023/ 6. Noticia "La profunda crisis" en la aviación: En qué están las aerolíneas en Chile y sus planes para retomar las operaciones" publicada en emol.com el 01 de mayo de 2020 https://www.emol.com/noticias/Economia/2020/05/01/984778/Aerolineas-
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, doce de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparecen en estos autos RIT O 7031-2020, SERGIO ANDRÉS BOBADILLA VELÁSQUEZ, chileno, cesante, cédula nacional de identidad N° 8.713.114 – 9, con domicilio en pasaje La Pasionaria N° 7161, comuna de Cerro Navia, ciudad de Santiago, Región Metropolitana y SERGIO JEAN
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica