Juzgado de Garantía de San Bernardo

C/ LUIS GONZALO AGUILAR ARANDA

Rol

O-2479-2020

Fecha

10 de enero de 2022

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 50, del Código Penal; artículos 1, 4, 36, 45, 47, 281 y siguientes, 295, 296, 297, 309, 314, 328, 333, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 347 del Código Procesal Penal y 196 de la ley del tránsito, SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE al acusado LUIS GONZALO AGUILAR ARANDA, de los cargos fiscales que lo suponían autor del delito consumado de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, que se habría cometido el día 7/03/2020 en esta jurisdicción. II.- Que, conforme lo razonado en el motivo Octavo se EXIME al Ministerio Público del pago de las costas. III.- Que, se alza la medida cautelar decretada. Dese cumplimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese y regístrese. Dese cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y en su oportunidad archívese. NSVCXSLKCE MARIA JOSE MORENO BRAVO Juez de garantía Fecha: 11/01/2022 10:57:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO URMENETA N°330 – SAN BERNARDO FONO: 25202500 FAX: 25202556 RUC 2000259187-2 RIT 2479 - 2020 Dictada por MARIA JOSE MORENO BRAVO, Juez(a) Titular del Juzgado de Garantía de San Bernardo. NO MODIFICAR MARGEN HOJA, X FDA. NSVCXSLKCE MARIA JOSE MORENO BRAVO Juez de garantía Fecha: 11/01/2022 10:57:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 50, del Código Penal; artículos 1, 4, 36, 45, 47, 281 y siguientes, 295, 296, 297, 309, 314, 328, 333, 338, 339, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 347 del Código Procesal Penal y 196 de la ley del tránsito, SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE al acusado LUIS GONZALO AGUILAR ARANDA, de los cargos fiscales que lo suponían autor del delito consumado de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, que se habría cometido el día 7/03/2020 en esta jurisdicción. II.- Que, conforme lo razonado en el motivo Octavo se EXIME al Ministerio Público del pago de las costas. III.- Que, se alza la medida cautelar decretada. Dese cumplimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese y regístrese. Dese cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y en su oportunidad archívese. NSVCXSLKCE MARIA JOSE MORENO BRAVO Juez de garantía Fecha: 11/01/2022 10:57:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO URMENETA N°330 – SAN BERNARDO F

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO URMENETA N°330 – SAN BERNARDO FONO: 25202500 FAX: 25202556 ACTA DE LA SENTENCIA ABSOLUTORIA DICTADA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Fecha : diez de enero de dos mil veintidós. Imputado : LUIS GONZALO AGUILAR ARANDA, cédula de identidad N° 13.774.852-5, con domicilio en Calle Los Rosales Nº 0278, comuna de Buin. Fiscal : KARINA PILAR ENCINA LORCA. Defensor : JUAN

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