Jgdo. L. y G. de Santa Barbara

ANONIMIZADO

Rol

F-11-2021

Fecha

5 de agosto de 2022

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que ha transcurrido más de un año desde que se suspendiera condicionalmente la dictación de la sentencia en estos autos; SEGUNDO: Que, la parte denunciada o demandada ha dado cumplimiento satisfactorio a las condiciones impuestas en esa oportunidad, toda vez que no se ha informado al tribunal su incumplimiento, como se advirtió a la parte afectada en la audiencia en que dicha suspensión se declaró; TERCERO: Que, el artículo 98 de la Ley 19.968 dispone que, cumplidos los requisitos señalados en los considerandos precedentes, se debe declarar tal circunstancia y ordenar...

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Santa Bárbara, cinco de agosto de dos mil veintidós Téngase presente la opinión del Consejo Técnico del Tribunal. Visto y considerando: PRIMERO: Que ha transcurrido más de un año desde que se suspendiera condicionalmente la dictación de la sentencia en estos autos; SEGUNDO: Que, la parte denunciada o demandada ha dado cumplimiento satisfactorio a las condiciones impuestas en esa oportunidad, toda

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