Juzgado de Garantía de Ovalle.

MARIA ANGELICA ROJAS ULLOA C/ DORIAN NAHUN GARCÍA GARCÍA

Rol

O-2604-2021

Fecha

10 de enero de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos procedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público configuran un delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, contemplado en el artículo 399 del Código Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 494 N° 5 del mismo cuerpo legal y el artículo 5° de la Ley 20.066, sobre violencia intrafamiliar, en grado de desarrollo consumado, en el que al imputo le ha cabido participación en calidad de autor, en conformidad al artículo 15 N° 1 del Código Penal. A juicio de la Fiscalía, respecto del requerido no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Solicita se le imponga al requerido, una pena de quinientos cuarenta días de presidio menor en su grado mínimo, más accesorias legales, medidas accesorias de FSDEXSHXFG Luis Alberto Munoz Caamano Juez de garantía Fecha: 11/01/2022 13:02:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 2 de 4 Sent2489444(absuelve) las letras a), b) y c) del artículo 9° Ley N° 20.066, por dos años más las costas de la causa. TERCERO: Que el Ministerio Público, en su alegato de apertura expresa que durante el transcurso de la presente audiencia, los hechos van a ser probados mediante el testimonio de la víctima a través del testimonio del funcionario polkicial que dará cuenta del día hora y lugar de los hechos y de las lesiones que le fueron constatadas a la víctima a propósito del maltrato inferido por el imputado, en ese contexto la relación también será probada a través de la prueba testimonial conforme al artículo 5° de la Ley 20.066, por lo que solicita un veredicto condenatorio. CUARTO: Que por su parte la def

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha cinco de enero de dos mil veintidós, ante el Juzgado de Garantía de Ovalle, Segunda Sala, a cargo del señor Juez Titular don Luis Alberto Muñoz Caamaño, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado, en la causa RUC 2100322945-0; RIT 2604-2021, en contra de Dorian Nahun García García, cedula nacional de identidad N° 14.371.642-2, chileno, viudo, mayor de edad, guardia de seguridad, domiciliado en calle Esmeralda N° 360, Población José Tomás Ovalle, comuna de Ovalle, por el delito de lesiones menos graves, previsto y sancionado en el artículo 399 en relación con el artículo 494 del Código Penal y artículo 5° de la Ley sobre Violencia Intrafamiliar, consumado, atribuyéndose al requerido participación de autor. El imputado fue representado, por la señora Defensora Penal Pública Licitada de Ovalle Verónica Paz Navarro Navarro, domiciliada en calle Tangue Nº 560, de la comuna de Ovalle. El Ministerio Público estuvo representado por el señor Fiscal Adjunto de Ovalle, Jaime Alonso Rojas Maluenda, domiciliado en Independencia 604, de esta comuna. SEGUNDO: Que los hechos, materia del requerimiento, según la Fiscalía, son los siguientes; el día 30 de marzo de 2021, a las 00:10 horas aproximadamente, en el domicilio ubicado en Sergio Melo Contador N° 1511, de la comuna de Ovalle, el imputado Dorian Nahun García García, agredió a la víctima, su conviviente María Angélica Rojas Ulloa, apretándole fuertemente de los brazos y de sus manos, para luego tomarla fuertemente de su cuello, causándole con estas acciones, lesiones consistentes en “traumatismo superficial de cuello, contusión de otras partes de la muñeca y mano, eritema con dolor a la movilidad cervical, eritema con dolor a los movimientos de flexo extensión de muñeca izquierda y derecha”, lesiones clínicamente de carácter leve. Los hechos procedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público configuran un delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, contemplado en el artículo 399 del Código Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 494 N° 5 del mismo cuerpo legal y el artículo 5° de la Ley 20.066, sobre violencia intrafamiliar, en grado de desarrollo consumado, en el que al imputo le ha cabido participación en calidad de autor, en conformidad al artículo 15 N° 1 del Código Penal. A juicio de la Fiscalía, respecto del requerido no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Solicita se le imponga al requerido, una pena de quinientos cuarenta días de presidio menor en su grado mínimo, más accesorias legales, medidas accesorias de FSDEXSHXFG Luis Alberto Munoz Caamano Juez de garantía Fecha: 11/01/2022 13:02:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular

Fallo

se declara: I.- Que se absuelve a don Dorian Nahun García García, ya individualizado, del requerimiento formulado por el Ministerio Público por el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, en perjuicio de su conviviente doña María Angélica Rojas Ulloa, hechos que habrían ocurrido en esta comuna el 30 de marzo de 2021.- II.- Que se condena en costas al Ministerio Público. Regístrese y archívese en su oportunidad. FSDEXSHXFG Luis Alberto Munoz Caamano Juez de garantía Fecha: 11/01/2022 13:02:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Página 4 de 4 Sent2489444(absuelve) RIT Nº 2604-2021 RUC 2100322945-0 Pronunciada por don Luis Alberto Muñoz Caamaño, Juez Titular. FSDEXSHXFG Luis Alberto Munoz Caamano Juez de garantía Fecha: 11/01/2022 13:02:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas.

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Página 1 de 4 Sent2489444(absuelve) Ovalle, diez de enero de dos mil veintidós. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha cinco de enero de dos mil veintidós, ante el Juzgado de Garantía de Ovalle, Segunda Sala, a cargo del señor Juez Titular don Luis Alberto Muñoz Caamaño, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado, en la causa RUC 2100322945-0; RIT 2604-2021, en contra

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