JEFFERSON CAMILO HUINCA HENRIQUEZ C/ DANIEL ARMANDO HENRÍQUEZ RIQUELME
Rol
O-4261-2021
Fecha
7 de enero de 2022
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 10 de junio del año 2020 a las 08:10 horas aproximadamente, el acusado Daniel Armando Henríquez Riquelme, conducía el automóvil Marca Samsung, modelo SM3, color plateado, año 2012, por Autopista Costanera Norte y al llegar a la altura del N° 5542, comuna de Vitacura, fue fiscalizado por funcionarios de carabineros quienes se pudieron percatar que tanto la placa patente trasera como delantera del automóvil, se encontraban ocultas, las cuales estaban tapadas completamente con tela de color negro, correspondiendo originalmente a la placa patente DVFG-94, razón por la cual fue detenido en el lugar. I. Que se condena a DANIEL ARMANDO HENRIQUEZ RIQUELME ya individualizado, a la pena de TRESCIENTOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y suspensión de la licencia de conducir por el término de un año, en calidad de autor del delito de conducción de vehículo motorizado con placa patente oculta o alterada, previsto y sancionado en el artículo 192 letra e), de la ley 18.290, en grado de desarrollo consumado, perpetrado el día 10 de junio de 2020, en la comuna de Vitacura. II. Que reuniéndose en la especie los requisitos contemplados en el artículo 4 y siguientes de la Ley 18.216, se le sustituye la pena corporal impuesta por Remisión Condicional por el término de un año, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia en el medio libre de Gendarmería de Chile correspondiente al Centro de Reinserción Social Sur N° 1, ubicado en Arturo Prat N° 1490, comuna de Santiago, debiendo cumplir con las demás exigencias del artículo 5 de la citada ley. En el evento de que se le revocare o quebrantare la pena sustitutiva impuesta, deberá cumplir efectivamente la pena impuesta, sin abonos que considerar. III. La pena de multa se le tiene por cumplida con el día que permaneció privada de libertad con motivo de esta ca
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4° Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 9º piso, Edificio B. Fono: (02) 29757300 Fax: (02) 29757353 Centro de Justicia de Santiago Pág. 1 COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, siete de enero de dos mil veintidós TRIBUNAL: 4º Juzgado de Garantía de Santiago MAGISTRADO: XIMENA RIVERA SALINAS RUC: 2000594798-8 RIT: 4261-2021 IMPUTADO: DANIEL
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