FISCALIA POZO ALMONTE C/ SEVERINO ORTEGA MELENDRES
Rol
O-549-2021
Fecha
7 de enero de 2022
Materia
TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO.- Intervinientes. El 3 de enero del año en curso ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique integrada por los jueces, Juana Rios Meza, Rodrigo Vega Azocar y Franco Repetto Contreras, se llevó a efecto la audiencia de Juicio Oral relativa a los autos Rol Interno 549-2021 para conocer la acusación formulada por el Ministerio Público, en contra de SEVERINO ORTEGA MELENDRES, boliviano, nacido el 26 de agosto de 1990, cédula de identidad para extranjeros N° 14.879.853-2, soltero, estudios básicos y doña MILENA FABIANA CALLAU PEREZ, boliviana, cédula de identidad para extranjeros N° 14.879.885-0, nacida el 26 de febrero de 2001, estudios medios, soltera, ambos sin domicilio en Chile, y para estos efectos domiciliados en Sagasca 38, comuna de Pozo Almonte, sujetos actualmente a la medida cautelar de prisión preventiva en complejo penitenciario de Alto Hospicio, representados por los abogados de la Defensoría Penal Pública Scarlett Muñoz Venegas y Klaus Bremer Lam, respectivamente . SEGUNDO.- Acusación. El Ministerio Público, representado en la audiencia por el fiscal, Sergio Almonacid Muñoz , acusó a los individualizados como autores materiales de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes, prescrito en el artículo 3 y sancionado en el artículo 1 de la Ley N.º 20.000, fundado en el siguiente hecho, según transcripción literal del auto de apertura: El día 25 de marzo de 2021, siendo las 01:30 horas aprox. y en circunstancias que personal de Carabineros de Chile apoyados por un can detector de drogas efectuaba labores de preventivas en la comuna de Huara, específicamente en la ruta 15 CH a la altura del km 60, fiscalizó a los acusados Severino Ortega Melendres y Milena Callau Pérez, detectando que ambos transportaban ocultos paquetes con droga al interior de sus mochilas, así el acusado Ortega transportaba la cantidad de 03 paquetes de cocaína y con un peso de 3 kilos 235 gramos y la acusada Callau QGGLXRXMYJ Franco Agustin Repett
Fundamentos
considerando 9 por su participación en calidad de autores del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes, cometido en esta jurisdicción el 25 de marzo de 2021, eximiéndoles del pago de las costas. La sanción pecuniaria se le tiene por cumplida con cargo al tiempo que han permanecido privados de libertad con ocasión de esta causa, a partir del 25 de marzo de 2021 a razón de un día por cada un tercio de unidad tributaria mensual, en este caso, 3 días. 2.- No concurriendo las condiciones establecidas en la Ley 18.216 para el otorgamiento de penas sustitutivas, los condenados cumplirán efectivamente el castigo corporal impuesto, que se le contará desde el día 25 de marzo de 2021 fecha desde la cual se encuentran privados de libertad con motivo de esta causa, según consta de los antecedentes del proceso, sin perjuicio de los días de abono considerados para el pago de la multa. 3.- Ofíciese a los organismos que correspondan para hacer cumplir lo resuelto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en particular para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 19.970. Ofíciese, además, a la Sección Extranjería de la Policía de Investigaciones de Chile acompañando copia autorizada de esta sentencia, como prescribe el artículo 94 del Decreto Ley 1094. Remítanse los antecedentes necesarios al Juzgado de Garantía que corresponda para la ejecución y cumplimiento de la pena. QGGLXRXMYJ Franco Agustin Repetto Contreras Juez oral en lo penal Fecha: 07/01/2022 14:08:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 10 Redactada por el Juez Franco Repetto Contreras. REGISTRESE. PRONUNCIADA POR LA SALA DEL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE IQUIQUE INTEGRADA POR LOS JUECES JUANA RIOS MEZA, RODRIGO VEGA AZOCAR Y FRANCO REPETTO CONTRERAS. QGGLXRXMYJ Franco Agustin Repetto Contreras Juez oral en lo penal Fecha: 07/01/2022 14:08:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2022-01-07T14:08:19-0300 Corte Suprema Franco Agustin Repetto Contreras Verificación Legal
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1 C/ SEVERINO ORTEGA MELENDRES y MILENA FABIANA CALLAU PEREZ. TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES 549-2021 Iquique, siete de enero de dos mil veintidós VISTOS: PRIMERO.- Intervinientes. El 3 de enero del año en curso ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique integrada por los jueces, Juana Rios Meza, Rodrigo Vega Azocar y Franco Repetto Contreras, se llevó a efecto la audie
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