Juzgado de Garantía de Coquimbo.

LISETTE CAROLINA MIRANDA TORRE C/ ALEX MARCELO ZAMBRA CORTÉS

Rol

O-3366-2020

Fecha

7 de enero de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en el requerimiento, refieren que el día 04 de Mayo de 2020, aproximadamente a las 15:00 horas, los acusados ALEX MARCELO ZAMBRA CORTÉS y HÉCTOR ELICERMO SANTANDER RIQUELME, escalaron el cierre perimetral de 2.0 metros de altura del local EMI, actualmente desocupado, ubicado en Avenida Regimiento Arica intersección con Avenida Los Lagos, Coquimbo, para entonces, una vez en su interior, y con ánimo de lucro, sustraer diversas especies, cuatro (04) puertas de madera color burdeo con sus respectivas chapas y bisagras, dos (02) marcos de ventana de 120 x90 cms. y dos (02) equipos de iluminación fluorescente, especies que pusieron en el interior de un carro de supermercado que se encontraba en el exterior del local, para entonces darse a la fuga, siendo sorprendidos por personal de Carabineros con las especies en su poder. Los hechos antes descritos configuran un delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollo de frustrado, en el cual al acusado le cabe participación en calidad de autor. A juicio de la Fiscalía, respecto del requerido, no concurren circunstancias modificatorias. Solicita se imponga al requerido a la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, más las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, más las costas de la causa. RFRXXRQGXJ LUIS EDUARDO CASAS LOPEZ Juez de garantía Fecha: 07/01/2022 13:16:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl TERCERO: Que conforme al auto de apertura de juic

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha cuatro de enero de dos mil veintidós, ante el Juzgado de Garantía de Coquimbo, Sala Dos, a cargo del Juez Suplente don Luis Eduardo Casas López, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado, en la causa RUC 2000455981-K; RIT 3366-2020, en contra de ALEX MARCELO ZAMBRA CORTÉS, cédula nacional de identidad N°12.844.595-1, chileno, soltero, nacido el 06 de noviembre de 1975, mayor de edad, domiciliado calle Luis Torres N°2121, Coquimbo, por el delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollo de frustrado, en el cual al acusado le cabría participación en calidad de autor. El imputado fue representado, por la señora abogada defensora penal pública doña Cynthia Herrera Martínez, domiciliada en la Defensoría Pública de Coquimbo. El Ministerio Público estuvo representado por el señor Fiscal Adjunto de Coquimbo Ricardo Salinas Espinoza, domiciliado en la Fiscalía Local de esta ciudad. SEGUNDO: Que los hechos contenidos en el requerimiento, refieren que el día 04 de Mayo de 2020, aproximadamente a las 15:00 horas, los acusados ALEX MARCELO ZAMBRA CORTÉS y HÉCTOR ELICERMO SANTANDER RIQUELME, escalaron el cierre perimetral de 2.0 metros de altura del local EMI, actualmente desocupado, ubicado en Avenida Regimiento Arica intersección con Avenida Los Lagos, Coquimbo, para entonces, una vez en su interior, y con ánimo de lucro, sustraer diversas especies, cuatro (04) puertas de madera color burdeo con sus respectivas chapas y bisagras, dos (02) marcos de ventana de 120 x90 cms. y dos (02) equipos de iluminación fluorescente, especies que pusieron en el interior de un carro de supermercado que se encontraba en el exterior del local, para entonces darse a la fuga, siendo sorprendidos por personal de Carabineros con las especies en su poder. Los hechos antes descritos configuran un delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código Penal, en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal, en grado de desarrollo de frustrado, en el cual al acusado le cabe participación en calidad de autor. A juicio de la Fiscalía, respecto del requerido, no concurren circunstancias modificatorias. Solicita se imponga al requerido a la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, más las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, más las costas de la causa. RFRXXRQGXJ LUIS EDUARDO CASAS LOPEZ Juez de garantía Fecha: 07/01/2022 13:16:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inf

Fallo

Por estas razones, se librará decisión de absolución a su respecto, en relación al delito atribuido. OCTAVO: Que, no obstante dictarse sentencia absolutoria en favor del imputado, el persecutor será liberado de solventar el pago de las costas de la causa por estimarse que pudo haber tenido motivo plausible para presentar el requerimiento. Y teniendo presente además, lo dispuesto en los artículos N°1, 3, 14, 15, 432 y 442 N°1 del Código Penal; 340, 342, 343, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se absuelve a don ALEX MARCELO ZAMBRA CORTÉS, ya individualizado, del requerimiento formulado por el Ministerio Público por delito de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N°1 del Código RFRXXRQGXJ LUIS EDUARDO CASAS LOPEZ Juez de garantía Fecha: 07/01/2022 13:16:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Penal, en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal, hecho supuestamente ocurrido en esta comuna el día 04 de Mayo de 2020. II.- Que se libera al Ministerio Público del deber de solventar el pago de las costas del juicio. Regístrese y archívese en su oportu

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Coquimbo, siete de enero de dos mil veintidós. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha cuatro de enero de dos mil veintidós, ante el Juzgado de Garantía de Coquimbo, Sala Dos, a cargo del Juez Suplente don Luis Eduardo Casas López, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado, en la causa RUC 2000455981-K; RIT 3366-2020, en contra de ALEX MARCELO ZAMBRA CORTÉS, cédula n

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